Ordenanza que aprueba propuesta de cambio de zonificación solicitada por la Municipalidad Distrital de Calango
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 07-2023-MPC
Cañete, 8 de junio de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo N° 011-2023-GSG/MPC de fecha 09 de junio del 2023, el Regidor de la Municipalidad Provincial de Cañete – Sr. Dany Gutiérrez Espilco, solicita aprobación de la Ordenanza de cambio de zonificación solicitado por la Municipalidad Distrital de Calango; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas; establece además, que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley;
Que, los Gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, comprendido entre otros, la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del artículo 73º de la Ley Nº 27972, asimismo, dicha ley orgánica en su artículo 79º establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;
Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, establece que “Ninguna obra de habilitación urbana o de edificación podrá construirse sin sujetarse a las normas urbanísticas establecidas en los planes de desarrollo urbano y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanísticas constituyen documentos de interés público, cuya finalidad es la promoción del desarrollo ordenado de las ciudades. Las municipalidades dispondrán su difusión a través de su publicación en lugares y medios accesibles a la colectividad (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana del Desarrollo Urbano Sostenible, la misma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en el Reglamento;
Que, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 5º del reglamento antes citado, señala que Los Gobiernos Locales articulan sus Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano a los Planes de Desarrollo Concertado y otros planes con impacto en el territorio y espacio urbano, que se encuentren aprobados de manera previa. Para estos efectos, los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano desarrollan, en el aspecto territorial y urbano, la visión y objetivos establecidos en los Planes de Desarrollo Concertado vigentes. Igualmente, los Planes de Desarrollo Concertado formulados por los Gobiernos Regionales y Locales deben considerar lo establecido en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano vigentes, como insumos para su desarrollo;
Que, acorde con lo dispuesto por el Artículo 123º del Reglamento, la modificación de la zonificación son propuestas por: 1. Los propietarios de los predios. 2. Los promotores inmobiliarios. 3. El Gobierno Nacional. 4. De oficio, por la municipalidad provincial o distrital en cuya jurisdicción se encuentran ubicados los predios. La solicitud deberá ser presentada a la municipalidad correspondiente, la cual contiene la propuesta de zonificación con su respectivo sustento técnico, que debe incluir el análisis de impacto a los predios vecinos. Se consideran como predios vecinos: 1. Los que comparten el frente de manzana del predio materia de la solicitud. 2. Los predios posteriores colindantes. 3. Los que comparten la misma vía local o los predios colindantes que estén ubicados en ambos frentes de manzana. La solicitud de modificación de zonificación puede referirse a uno o más componentes de la zonificación: tipología de zonificación, Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas o los parámetros urbanísticos y edificatorios contenidos en el Reglamento de Zonificación;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete, aprobado por Ordenanza Nº 031-2007-MPC y sus modificatorias, han previsto el procedimiento de cambio de zonificación como parte de los procedimientos administrativos en la municipalidad, al que pueden acceder los administrados para ejercer su derecho;
Que, de conformidad con los numerales 2) y 4) del Art. 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades estipula que los señores Regidores tienen las siguientes obligaciones y atribuciones:
Inciso 2: Formular pedidos y mociones de orden del día.
Inciso 4: Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal.
Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, de acuerdo al Art. 9° del Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete (aprobado por la Ordenanza N° 018-2005-MPC) señala que la función de vigilancia y fiscalización por parte de los regidores cuenta con la aprobación del concejo por el mérito de la aprobación del presente Reglamento, en aplicación del numeral 22) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades y se extiende al cumplimiento de las normas municipales en la jurisdicción provincial así como los actos internos y externos de la administración municipal;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de junio del 2023, en la estación pedido, el Regidor de la Provincia de Cañete - Sr. Dany Gutiérrez Espilco, solicita la aprobación de la Ordenanza de cambio de zonificación solicitado por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Calango;
Que, mediante Oficio N° 088-2023-MDC que genera el expediente Nº 3586-2023, la Municipalidad Distrital de Calango debidamente representado por su alcalde Juan José Martínez Ávila, solicita aprobación de cambio de zonificación a Salud H2(s) y otros usos (OU) del predio ubicado en la Mz. E1 Lote 1 del Centro Poblado de Calango del Distrito de Calango, Provincia de Cañete, Departamento de Lima;
Que, con Notificación Circular N° 001-2023-GDUR/DKTO elaborado con fecha 30 de marzo del 2023 y recepcionado el 31 de marzo del 2023, cumple con comunicar a los propietarios de los inmuebles involucrados, la solicitud de modificación de la zonificación, dentro de los siete días calendarios siguientes de recibida la misma;
Que, mediante Informe N° 247-2023-GLCPP-MDC de fecha 02 de mayo del 2023, El Gerente de Logística, Control Patrimonial y Planificación –MDC informa que exhibió la propuesta de cambio de zonificación en su página web;
Que, mediante Informe N° 032-2023-SG-MDC de fecha 02 de mayo del 2023, la Secretaria General –MDC, informa que exhibió la propuesta de cambio de zonificación en su página web y en sus locales no recepcionando ninguna opinión u oposiciones formuladas al cambio de zonificación exhibido;
Que, mediante Informe Nº 307-2023-SGCUC-GODUR-MPC de fecha 24 de mayo del 2023, la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, concluye: que cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Planificación Urbana Del Desarrollo Urbano Sostenible, Aprobado mediante DS. Nº012-2022-VIVIENDA; otorgándose la CONFORMIDAD TÉCNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE CAMBIO DE ZONIFICACION, solicitado por la Municipalidad Distrital de Calango, a través de su alcalde Juan José Martínez Ávila, donde requiere cambio de Zonificación de actual uso COMERCIO ZONAL (CZ) a SALUD H2 (S) (1,388.35m2) Y OTROS USOS (OU) (546.55m2), referente al predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2 y asimismo que se deriven los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, para que emita Opinión Legal, y luego se eleve la propuesta de cambio de zonificación al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación, de acuerdo, a sus atribuciones;
Que, mediante Informe Nº 731-2023-JAGS-GODUR-MPC de fecha 25 de mayo de 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, otorgando la CONFORMIDAD TECNICA A LA PROPUESTA DE CAMBIO DE ZONIFICACION, solicitado por la Municipalidad Distrital de Calango debidamente representado por su alcalde Juan José Martínez Ávila., predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2; de zonificación COMERCIO ZONAL (CZ) a SALUD H2 (S) (1,388.35m2) Y OTROS USOS (OU) (546.55m2), referente al predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2 con la finalidad que sea elevado al Pleno del Concejo Municipal para su deliberación la cual determinara su aprobación mediante ordenanza municipal provincial;
Que, mediante Informe Legal Nº 214-2023-GAJ-MPC de fecha 30 de mayo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye: “Que, resultaría procedente y factible, elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar la aprobación del cambio de zonificación, predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90 m2; de zonificación COMERCIO ZONAL (CZ) a SALUD H2 (S) (1,388.35m2) Y OTROS USOS (OU) (546.55m2), referente al predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2;
Que, mediante Memorándum N°1014-2023/GM-MPC de fecha 30 de mayo de 2023, la Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite la documentación para conocimiento y trámite correspondiente, donde previamente sugiere se remita a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural para el dictamen correspondiente;
Que, mediante Dictamen Nº 002-2023-COMISION de fecha 06 de junio de 2023, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye: “Que, resultaría viable, elevar al Pleno del Concejo Municipal Provincial, previo debate aprobar el cambio de zonificación, predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2; de zonificación COMERCIO ZONAL (CZ) a SALUD H2 (S) (1,388.35m2) Y OTROS USOS (OU) (546.55m2), referente al predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2 jurisdicción del Distrito de Calango, Provincia de Cañete, Departamento de Lima (…)”;
Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto MAYORITARIO del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura, se aprobó la siguiente Ordenanza;
ORDENANZA QUE APRUEBA LA PROPUESTA DE CAMBIO DE ZONIFICACIÓN SOLICITADO POR La MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALANGO
Artículo 1º.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE CAMBIO DE ZONIFICACION solicitado por la Municipalidad Distrital de Calango, en calidad de Alcalde Juan José Martínez Ávila., del predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90m2; de zonificación COMERCIO ZONAL (CZ) a SALUD H2 (S) (1,388.35m2) Y OTROS USOS (OU) (546.55m2), referente al predio ubicado en la MZ. E1 LOTE 1 DEL CENTRO POBLADO DE CALANGO, inscrito en la partida con código P17036682, con un área de 1,934.90 m2 jurisdicción del distrito de Calango, Provincia de Cañete, Departamento de Lima (…)”; Se detalla que dentro de la propuesta de aprobación de cambio de zonificación realizada por la Municipalidad Distrital de Calango:
NORMAS TECNICAS |
R.N.E. |
AREA TERRITORIAL |
DISTRITO DE CALANGO |
ZONIFICACIÓN |
H2 CENTRO DE SALUD |
NIVEL DE SERVICIO |
20,000 Hab. -50,000 Hab. |
AREA LOTE NORMATIVO |
SE REGIRAN POR LOS PARAMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PREDOMINANTE |
ALTURA MAXIMA PERMISIBLE |
SE REGIRAN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PREDOMINANTE |
PORCENTAJE MINIMO DE AREA LIBRE |
SE REGIRAN POR LOS PARÁMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PREDOMINANTE |
RETIRO MUNICIPAL |
SE REGIRAN POR LOS PARAMETROS CORRESPONDIENTES A LA ZONIFICACIÓN RESIDENCIAL PREDOMINANTE |
INDICE ESPACIO DE ESTACIONAMIENTO |
DE ACUERDO AL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES (R.N.E.) |
TERMINO DE VIGENCIA |
36 MESES |
DESCRIPCIÓN |
CONTENIDO |
|
ÁREA TERRITORIAL |
DISTRITO DE CALANGO |
|
ZONIFICACIÓN |
OTROS USOS (OU) |
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Liso permitible y compatible |
Centro Cívico y de Administración Pública |
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Centro Culturales y locales de culto establecimiento de beneficencia publica |
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Terminales Terrestres |
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Locales de espectáculo masivo |
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Clubes deportivos institucionales |
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Correos y telecomunicaciones |
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Establecimiento para fines de seguridad y defensa |
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DENSIDAD NETA |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
AREA LOTE NORMATIVO |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
FRENTE MINIMO |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
COEFICIENTE MAXIMO DE EDIFICACIÓN |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
ALTURA MAXIMA PERMISIBLE |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
PORCENTAJE MINIMO DE AREA LIBRE |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
RETIRO MUNICIPAL |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
INDICE ESPACIO DE ESTACIONAMIENTO |
De acuerdo al proyecto |
Según RNE |
TERMINO DE VIGENCIA |
36 MESES |
Artículo 2º.- PRECISAR que Plano de ubicación y localización (lámina 1/1); Plano perimétrico (lámina 1/2); Planos topográfico. (lámina 1/3): Plano de zonificación existente (Lámina 1/4); Plano de propuesta de zonificación (lámina 1/5); Plano de accesos y vías (lámina 1/6); Plano de entorno urbano y equipamiento (lámina 1/7); Plano de servicios básicos – agua y alcantarillado (lámina 1/8); Plano de servicios básicos – redes eléctricas (lámina 1/9), Plano de sistema vial transporte (lámina 1/10); firmada por el profesional responsable Arq. Carmen Rosa Lescano Manco y el alcalde de la municipalidad distrital de Calango, forman parte de la zonificación aprobada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Zonificación al área Urbana del Distrito de San Vicente, aprobada en el Artículo 1º, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como, notificar a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fines pertinentes; además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: www.municanete.gob.pe
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ TOMÁS ALCÁNTARA MALÁSQUEZ
Alcalde
2203250-1