Otorgan distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 000299-2023-MC
San Borja, 7 de agosto del 2023
VISTOS: el Memorando Nº 000309-2023-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; la Hoja de Elevación Nº 000023-2023-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando Nº 000747-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001172-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene, entre sus funciones, el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, asimismo, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;
Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; así mismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto de la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, además, conforme con el artículo 84 del ROF la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, es el órgano de línea encargado del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural, construyendo una ciudadanía intercultural y combatiendo la discriminación étnico racial;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
Que, a través de la Hoja de Elevación Nº 000023-2023-DGCI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, con sustento en los Informes Nº 000033-2023-DIN-RMI/MC y 000034-2023-DIN-RMI/MC de la Dirección de Políticas Indígenas, y en el marco del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, recomienda otorgar el reconocimiento de Personalidad de la Cultura a la señora ZOILA OCHOA GARAY, por su destacada trayectoria y labor para transmitir, preservar, fortalecer y difundir el arte, la artesanía y la cultura del Pueblo Indígena Murui-Muinani, en especial, por haber desarrollado y transmitido el arte y la técnica del tejido shicras, propio de su comunidad;
Que, mediante el Memorando Nº 000747-2023-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 017989-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes, refiere que es pertinente el otorgamiento del reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la persona propuesta por su valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura”; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Con los vistos del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora ZOILA OCHOA GARAY, por su destacada trayectoria y labor para transmitir, preservar, fortalecer y difundir el arte, la artesanía y la cultura del Pueblo Indígena Murui-Muinani, en especial, por haber desarrollado y transmitido el arte y la técnica del tejido shicras, propio de su comunidad; constituyendo ello un valioso aporte a la pluralidad étnica y cultural de la Nación, a través de la lucha y conservación de sus costumbres como portadora y promotora de su cultura.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- La presente resolución es publicada en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
2203090-1