Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 348-2023-VIVIENDA

Lima, 7 de agosto de 2023

VISTOS:

Los Informes N° 294 y 355-2023-VIVIENDA/VMVU-PMIB y los Memorándums N° 827 y N° 906-2023-VIVIENDA/VMVU-PMIB de la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB); el Memorándum N° 139-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU, que adjunta el Informe Legal N° 003-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-Mcmb de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano, validado por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU); los Memorándums N° 1258 y 1309-2023-VIVIENDA/OGPP y la Nota N° 302-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 189-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización (OPM); el Informe N° 378-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto (OP); el Informe N° 688-2023-VIVIENDA/OGAJ y la Nota N° 137-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el citado Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, facilita el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados;

Que, los artículos 5 y 6 de la citada Ley, establecen que el MVCS es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, entre otras, en materias de urbanismo y desarrollo urbano, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios (PMIB) en el MVCS, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de mejorar la calidad de vida de la población urbana, mediante la actuación coordinada y concurrente del MVCS, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial;

Que, a través de los Decretos Supremos N°s. 001-2013-VIVIENDA, 021-2014-VIVIENDA y 011-2021-VIVIENDA, 010-2022-VIVIENDA y 002-2023-VIVIENDA, se modifican diversos artículos del Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA;

Que, por la Resolución Ministerial N° 225-2021-VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones (MOP) del PMIB, documento técnico de gestión institucional, elaborado en concordancia con la normativa y los lineamientos sectoriales;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 002-2023-VIVIENDA, establece que el MVCS modifica el MOP del PMIB, aprobado por la Resolución Ministerial N° 225-2021-VIVIENDA, en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo;

Que, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, en adelante los Lineamientos de Organización del Estado, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía;

Que, asimismo, los Lineamientos de Organización del Estado señalan en el literal a) del artículo 53 que el MOP es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; en cuanto a la estructura del MOP, su artículo 54 establece que incluye disposiciones generales; estructura funcional; bienes, servicios y procesos; y, el anexo;

Que, el párrafo 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos de Organización del Estado dispone que la propuesta del MOP se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justifica su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP; en concordancia con lo señalado en el Capítulo III de los Lineamientos N° 02-2020-DGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, aprobados por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 275-2021-VIVIENDA, se aprueba la Directiva General N° 013-2021-VIVIENDA-DM denominada Disposiciones para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los Programas del MVCS, cuya finalidad es definir y estandarizar el diseño, estructura, organización y contenido de los Manuales de Operaciones de los Programas del MVCS, optimizando su gestión y respondiendo a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía;

Que, mediante los Informes N° 294 y 355-2023-VIVIENDA/VMVU-PMIB y los Memorándums N° 827 y 906-2023-VIVIENDA/VMVU-PMIB, la Dirección Ejecutiva del PMIB propone y sustenta la aprobación de su nuevo MOP, en atención a las modificaciones introducidas por el Decreto Supremo N° 002-2023-VIVIENDA, las cuales se encuentran vinculadas a las líneas de intervención y funciones generales del mencionado Programa;

Que, con el Informe Legal N° 003-2023-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-Mcmb, la DGPRVU, a través de su Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano, otorga conformidad a la propuesta del MOP del PMIB para su aprobación mediante la presente Resolución Ministerial;

Que, a través de los Memorándums N° 1258 y 1309-2023-VIVIENDA/OGPP y la Nota N° 302-2023-VIVIENDA/OGPP, la OGPP, en atención a lo señalado en el Informe N° 189-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de la OPM y el Informe N° 378-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de la OP, otorga viabilidad al proyecto del MOP del PMIB;

Que, mediante el Informe N° 688-2023-VIVIENDA/OGAJ y la Nota N° 137-2023-VIVIENDA/OGAJ, desde el punto de vista legal, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con la aprobación de la propuesta de MOP formulada por el PMIB;

Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el MOP del PMIB, en el marco de la normativa vigente; así como derogar la Resolución Ministerial N° 225-2021-VIVIENDA;

De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios, modificado por los Decretos Supremos N°s. 001-2013-VIVIENDA, 021-2014-VIVIENDA y 011-2021-VIVIENDA, 010-2022-VIVIENDA y 002-2023-VIVIENDA; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias; la Resolución Ministerial N° 275-2021-VIVIENDA, que aprueba la Directiva General N° 13-2021-VIVIENDA-DM denominada Disposiciones para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y consta de tres (3) títulos, treinta y siete (37) artículos y dos (2) Anexos.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 225-2021-VIVIENDA, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios y de los Anexos que forman parte integrante del mismo, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA

Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2202964-1