Modifican el Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 191-2023-MINAM, Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo
Resolución Ministerial
N° 256-2023-MINAM
Lima, 4 de agosto de 2023
VISTOS; el Informe N° 00218-2023-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE y el Memorando N° 01085-2023-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 01082-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 0495-2023-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 191-2023-MINAM se establece la Declaratoria de Emergencia Ambiental – DEA en el área geográfica descrita en su Anexo N° 1, por un plazo de noventa (90) días hábiles; y se aprueba el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de dicha emergencia ambiental, el cual se encuentra en el Anexo N° 2 de la referida Resolución Ministerial;
Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental, Ley N° 28804, aprobado mediante Decreto Supremo N° 024-2008-PCM señala que el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo puede ser modificado por el CONAM, ahora Ministerio del Ambiente, previa evaluación y recomendación de la Dirección de Calidad Ambiental y Recursos Naturales, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles luego de recibida la solicitud presentada por el Gobierno Regional responsable de la ejecución del Plan;
Que, según lo dispuesto en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial 108-2023-MINAM, la Dirección General de Calidad Ambiental tiene dentro de sus funciones dirigir el proceso de Declaratoria de Emergencia Ambiental, en coordinación con las entidades correspondientes y proponer su prórroga o levantamiento;
Que, mediante Informe N° 0147-2023-MINEM/DGAAH/DGAH el Viceministerio de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas solicita incluir una nueva actividad denominada “Ejecución del Plan de Abandono permanente de pozos” en el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo que forma parte del Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 191-2023-MINAM, la cual permitirá realizar el sellado hermético de los pozos, con la finalidad de reducir los riesgos y eliminar los impactos negativos generados en el área geográfica de la DEA antes referida;
Que, en ese contexto, mediante Informe N° 00218-2023-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, la Dirección General de Calidad Ambiental señala que el Gobierno Regional de Piura hace suya la solicitud presentada por el Ministerio de Energía y Minas; por lo que señala que es viable modificar el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo que forma parte del Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 191-2023-MINAM al incorporar la nueva actividad denominada “Ejecución del Plan de Abandono permanente de pozos”; con la finalidad de optimizar los procesos de articulación y ejecución de las actividades que permitan atender la emergencia ambiental declarada por el Ministerio del Ambiente;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Calidad Ambiental; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 024-2008-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia Ambiental; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 191-2023-MINAM, Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Albina Ruiz Ríos
Ministra del Ambiente
2202553-1