Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a la República Federativa del Brasil, y encargan su Despacho al Ministro de Economía y Finanzas

resolución suprema

nº 112-2023-pcm

Lima, 4 de agosto de 2023

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) N° 1264 del Despacho Ministerial, de 1 de agosto de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP01698/2023 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 1 de agosto de 2023, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje, el Memorándum (LEG) N° LEG01578/2023 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 2 de agosto de 2023; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02202/2023 de la Oficina de Administración de Personal, de 2 de agosto de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, la IV Reunión de Presidentes de los Estados partes en el Tratado de Cooperación Amazónica (TCA), también denominada “Cumbre de la Amazonía”, se realizará en la ciudad de Belém do Pará, República Federativa del Brasil, del 8 al 9 de agosto de 2023;

Que en la citada reunión se aprobará la Declaración Presidencial que tendrá por objeto establecer las bases para la gobernanza socio-ambiental de la Amazonía, en el marco de la promoción del desarrollo sostenible de la región amazónica;

Que, el referido evento será precedido por la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y de Medio Ambiente de los Países Signatarios del Tratado de Cooperación Amazónica (TCA), que se llevará a cabo el día 7 de agosto, en la que se continuará con la negociación del proyecto de Declaración Presidencial que se suscribirá con ocasión de la citada Cumbre;

Que, nuestro país despliega sus esfuerzos para la protección y el desarrollo sostenible e inclusivo de la Amazonía en el marco de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA). El objetivo de dicha organización es facilitar el cumplimiento del TCA, suscrito en el año 1978 y que reconoce el carácter transfronterizo de la Amazonía;

Que, la misión de la OTCA como espacio permanente de cooperación, intercambio y conocimiento, es reducir las asimetrías entre sus miembros, mientras coadyuva a los procesos nacionales de progreso económico-social para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Amazonía. La mencionada organización actúa bajo el principio del desarrollo sostenible, es decir, el equilibrio entre progreso y protección del medio ambiente;

Que, en ese contexto, es necesario que el Perú continúe con su rol y participación dentro de la OTCA, tanto a nivel político-diplomático como técnico, para el logro de resultados que redunden en beneficios de la población amazónica peruana y de la Amazonía en su conjunto;

Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de los Países Signatarios del TCA y en la referida “Cumbre de la Amazonía”, acompañando a la señora Presidenta de la República;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República ANA CECILIA GERVASI DIAZ, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Belém do Pará, República Federativa del Brasil, del 6 al 10 de agosto de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (259) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código POI AOI00004500085, Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes Aéreos

USD

Viáticos por día USD

Número de días

Total viáticos

USD

ANA CECILIA GERVASI DIAZ

2,204.99

370.00

3+1

1,480.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a partir del 6 de agosto de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

ANA CECILIA GERVASI DÍAZ

Ministra de Relaciones Exteriores

2202467-5