Autorizan viaje de alumnos de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa” a Ecuador, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00762-2023-DE
Lima, 3 de agosto del 2023
VISTOS:
El Oficio Nº 143 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02052-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01233-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 23 de junio de 2023, el Director de la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, comunica al Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Ecuador que, la citada Escuela hace extensiva una invitación para que dos (2) alumnos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público del Ejército - Escuela Técnica del Ejército (IESTPE-ETE) “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa”, participen en el intercambio académico en la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT), del 7 hasta el 11 de agosto de 2023;
Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 002/U-10.f, elaborada por la Dirección de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa” y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Alumno III año Ángel Dionisio MALCA SANTA CRUZ y al Alumno II año Mark Andrew SANTOS SILVA, de la citada Escuela Técnica, para que participen en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, en la fecha programada;
Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los mencionados alumnos, para participar en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, por cuanto, les permitirá adquirir nuevos conocimientos e intercambiar experiencias que contribuirán a elevar su formación militar y nivel profesional, con el fin de poder contar con personal capacitado y calificado e incrementar el potencial, conocimiento, técnica, metodología y profesionalismo del personal del Ejército del Perú, fortaleciendo la imagen de la citada Institución Armada a nivel nacional e internacional;
Que, a través del Dictamen Legal Nº 2197-2023/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alumno III año Ángel Dionisio MALCA SANTA CRUZ y del Alumno II año Mark Andrew SANTOS SILVA, de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa”, para que participen en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 7 al 11 de agosto de 2023, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia;
Que, conforme a lo indicado en la Carta de fecha 23 de junio de 2023 del Director de la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT), los gastos de hospedaje, alimentación y transporte interno de los alumnos designados estarán a cargo del Ejército Ecuatoriano;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Director de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sgto 2do Fernando Lores Tenazoa”, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; contando con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000003370 emitida por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, con el fin de prever la participación de los alumnos designados en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Nº 143 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Alumno III año Ángel Dionisio MALCA SANTA CRUZ y del Alumno II año Mark Andrew SANTOS SILVA, para que participen en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 7 al 11 de agosto de 2023; así como, autorizar su salida del país el 6 de agosto y su retorno el 12 de agosto de 2023;
Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, se aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyo artículo 4 señala que el Personal Militar y Civil del Sector Defensa que viaja al exterior en las modalidades reguladas en el mismo, comprende los grupos de personal civil y personal militar, encontrándose en este último grupo a los cadetes, alumnos y personal de tropa;
Que, a través del Oficio N° 02052-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, en atención al Informe Técnico N° 466-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior, señalando que el mismo se encuentra conforme con los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;
Que, mediante el Informe Legal N° 01233-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alumno III año Ángel Dionisio MALCA SANTA CRUZ y del Alumno II año Mark Andrew SANTOS SILVA, para que participen en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Alumno III año Ángel Dionisio MALCA SANTA CRUZ, identificado con DNI N° 74860383 y del Alumno II año Mark Andrew SANTOS SILVA, identificado con DNI N° 75874986, para que participen en el Intercambio Académico con la Escuela de Formación de Soldados de la Fuerza Terrestre (ESFORSFT) del Ejército Ecuatoriano, ubicado en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 7 al 11 de agosto de 2023; así como, autorizar su salida del país el 6 de agosto y su retorno el 12 de agosto de 2023;
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente concepto:
Pasajes Aéreos: Lima - Quito (República del Ecuador) – Lima:
Clase económica
US$ 780.00 x 2 personas (incluye importe TUUA) US$ 1,560.00
Total a pagar: US$ 1,560.00
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.
Artículo 4.- Los alumnos designados deben cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA
Ministro de Defensa
2202062-1