Autorizan viaje del Ministro de Salud a los Estados Unidos de América, y encargan su Despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 110-2023-PCM

Lima, 2 de agosto de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta de fecha 3 de julio de 2023, la Secretaría de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos de América extiende invitación al Ministerio de Salud, a fin que participe en la 13ª Reunión de Alto Nivel sobre Salud y Economía, a llevarse a cabo el 6 de agosto de 2023, en la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América;

Que, el citado evento tiene como objetivo reunir a las 21 economías del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) para discutir la resiliencia del sistema de salud, el financiamiento sostenible, la equidad; y, la preparación y respuesta ante una pandemia;

Que, asimismo, mediante Carta de fecha 28 de junio de 2023, la Presidencia de la Coalición de Salud de Asia Pacífico (APHC) solicita al Ministerio de Salud una reunión paralela a la 13ª Reunión de Alto Nivel sobre Salud y Economía, la cual se realizará del 4 al 6 de agosto de 2023, en la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América, cuyo objetivo es debatir los retos y prioridades de la citada Coalición, precisándose ideas fuerza para posibles áreas de colaboración respecto a la salud y las ciencias de la vida;

Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y, asimismo, ejercer la diplomacia en salud en los espacios de integración global, subregional y regional;

Que, en consecuencia, atendiendo los objetivos de los citados eventos, resulta de interés nacional autorizar el viaje al exterior del señor César Henry Vásquez Sánchez, Ministro de Salud, a fin que represente a la República del Perú ante las indicadas reuniones;

Que, los gastos que irroga dicho viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar el Despacho de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor César Henry Vásquez Sánchez, Ministro de Salud, a la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América, del 4 al 7 de agosto de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle:

- Pasajes aéreos (incluido TUUA) : US$ 2,882.35

- Viáticos por 3 días (US$ 440.00 por día) : US$ 1,320.00

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TOTAL : US$ 4,202.35

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Salud al señor Antonio Fernando Varela Bohórquez, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 4 de agosto de 2023 y en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ

Ministro de Salud

2201601-10