LEY Nº 31860
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL PUERTO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI
Artículo único. Declaración de necesidad pública
Se declara de necesidad pública la construcción del puerto de la ciudad de Pucallpa en el departamento de Ucayali, con la finalidad de promover el dinamismo comercial y mejorar los servicios turísticos, condiciones de vida de sus ciudadanos, respetando el medio ambiente y las áreas naturales protegidas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Autoridad competente
Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, en coordinación con los órganos competentes, el Gobierno Regional de Ucayali y los gobiernos locales, realicen las gestiones correspondientes y dicten las normas complementarias pertinentes para la ejecución de la presente ley en un plazo de 60 días.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diez días del mes de julio de dos mil veintitrés.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del
Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2201601-1