LEY Nº 31860

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL PUERTO DE LA CIUDAD DE PUCALLPA EN EL DEPARTAMENTO DE UCAYALI

Artículo único. Declaración de necesidad pública

Se declara de necesidad pública la construcción del puerto de la ciudad de Pucallpa en el departamento de Ucayali, con la finalidad de promover el dinamismo comercial y mejorar los servicios turísticos, condiciones de vida de sus ciudadanos, respetando el medio ambiente y las áreas naturales protegidas.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Autoridad competente

Se autoriza al Poder Ejecutivo para que, en coordinación con los órganos competentes, el Gobierno Regional de Ucayali y los gobiernos locales, realicen las gestiones correspondientes y dicten las normas complementarias pertinentes para la ejecución de la presente ley en un plazo de 60 días.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de julio de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del

Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2201601-1