Reconocen a representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, para el periodo 2023 - 2025
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0203-2023-ANA
San Isidro, 25 de julio de 2023
VISTOS:
El Oficio N° 0075-2023-ANA-ST-CRHC CHIRA - PIURA emitido por el Secretario Técnico (e) de la Secretaria Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, el Informe Técnico Nº 0045-2023-ANA-DPDRH/WAPD emitido por la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, y el Informe Legal N° 0686-2023-ANA-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 24° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca (en adelante, CRHC) son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional del Agua (en adelante, ANA), creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, siendo clasificadas en CRHC Regional, cuando el ámbito de la cuenca se localiza íntegramente dentro de un (1) solo gobierno regional, y CRHC Interregional, cuando dentro del ámbito de la cuenca, existen dos (2) o más gobiernos regionales;
Que, el artículo 26° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y modificatorias (en adelante, el Reglamento), señala que el cargo de integrante del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca es honorario, su designación es por un periodo de dos (2) años y en cada sesión tienen derecho a voz y voto;
Que, el artículo 31° del Reglamento, en concordancia con el artículo 50° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua – ROF - ANA, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, se establecen las funciones de los CRHC, en la gestión integrada y multisectorial conforme a los lineamientos de la entidad;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2011-AG, se creó el CRHC Chira Piura, como órgano de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, con el objetivo de participar en la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, mediante la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos en las Cuencas de su ámbito; estableciendo que la presidencia del mencionado Consejo será ejercida, por un representante del Gobierno Regional de Piura;
Que, en ese sentido, el Gobernador Regional de Piura asumió la presidencia del Pleno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura (CRHC – Chira Piura) para el ejercicio del periodo 2020-2021;
Que, a través la Resolución Jefatural N° 130-2021-ANA de fecha 28.06.2021, de manera excepcional y por única vez, se dispuso que, los CRHC que a la fecha de entrada en vigencia de la citada norma, no hayan cumplido con realizar los procesos de elección para renovación de sus representantes, desde la declaratoria de emergencia sanitaria COVID-19, aprobada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA y sus respectivas prórrogas; podían mantener sus cargos hasta sesenta (60) días naturales posteriores al levantamiento de la declaratoria de emergencia decretada por el Ministerio de Salud; el plazo antes mencionado fue previsto para la realización de los procesos de renovación de representantes de los CRHC;
Que, con fecha 16.08.2022 se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 015-2022-SA, que prorrogó a partir del 29.08.2022 y por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA y sus respectivas prórrogas;
Que, a través del Oficio de Vistos, la Secretaria Técnica del CRHC Chira-Piura, requiere el reconocimiento del nuevo Pleno del CRHC Chira Piura para el periodo 2023-2025, de acuerdo a la información proporcionada por el Presidente del CRHC Chira – Piura, donde se comunica que, en sesión extraordinaria, llevada a cabo el 15.11.2022, después de deliberar lo referente a lo establecido en la Resolución Jefatural N° 130-2021-ANA, aprobó la creación del grupo de trabajo que tendrá a su cargo la implementación sobre el inicio a la renovación y designación de los nuevos integrantes del Consejo de Recursos Hídricos Cuenca Chira - Piura, para el periodo 2023-2025;
Que, en ese sentido, la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos a través del Informe Técnico de Visto, precisa que “si bien es cierto el Decreto Supremo N° 130-2022-PCM de fecha 27 de octubre de 2022, deroga el Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional, el citado Decreto Supremo no deroga el Decreto Supremo N° 015-2022-SA que prorroga el estado de emergencia sanitaria por 180 días desde el 28 de agosto del 2022 hasta el 28 de febrero del 2023, sumado a ello, el periodo de 60 días establecido por Resolución Jefatural N° 130- 2021-ANA, los integrantes del Consejo cubren su actuación legalmente hasta el mes de abril del presente año, plazo que contiene a las actividades realizadas con fines de renovación de los integrantes, que solicita el presidente del Consejo de Cuenca Chira Piura, conforme a lo establecido en el Artículo 26° del reglamento interno, aprobado con Resolución Jefatural Nº 143-2013-ANA;
Que, en esa línea, la precitada Dirección concluye otorgar la conformidad al proceso de renovación de representantes del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Chira Piura, periodo 2023 – 2025, el cual se ha llevado de manera participativa, democrática y transparente; y, recomienda la emisión de la Resolución Jefatural de reconocimiento a los nuevos representantes de los miembros que integran el CRHC Chira Piura, mediante la composición de una nómina oficial;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal de Vistos, opina que, de conformidad a la recomendación técnica, es legalmente viable emitir la Resolución Jefatural a través del cual se reconozca a los representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, para el periodo 2023 - 2025;
Con los vistos de la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 006-2011-AG, de creación del CRHC Chira Piura; el Reglamento Interno del CRHC Chira Piura aprobado por Resolución Jefatural Nº 143-2013-ANA; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Acreditación de Representantes
Reconocer a los representantes de los miembros que conforman el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, para el periodo 2023 - 2025, de acuerdo al siguiente detalle:
N° |
ESTAMENTOS |
REPRESENTANTES |
1 |
Gobierno Regional de Piura |
Gobernador del Gobierno Regional de Piura |
2 |
Proyectos Especiales de Infraestructura Hidráulica Pública |
Gerente General del Proyecto Especial Chira Piura |
3 |
Autoridad Nacional del Agua |
Director de Autoridad Administrativa del Agua Jequepeque Zarumilla V |
4 |
Ministerio de Relaciones Exteriores |
Director de la Oficina Desconcentrada de Piura Servicio Diplomático de la República |
5 |
Universidades |
Directora de Instituto de Hidráulica, Hidrología de la Universidad de Piura |
6 |
Colegios Profesionales |
Directora de Ética Profesional del Colegio de Economistas Piura |
7 |
Gobiernos Locales |
Alcalde de Municipalidad Provincial de Sullana |
8 |
Usuarios Agrarios |
Presidente de la Junta de Usuarios Sector Hidráulico Medio y Bajo Piura |
9 |
Usuarios No Agrarios |
Gerente de Riego y Nutrición en ECOACUICOLA S.A.C |
10 |
Usos con fines Poblacionales |
Presidente de la JASS Jesús del Valle |
11 |
Comunidades Campesinas |
Presidente de la Comunidad Campesina Miramar Vichayal |
Artículo 2º.- Notificación
Notificar la presente Resolución Jefatural a los miembros del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, señalados en el artículo 1° de la presente Resolución, a la Secretaria Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Chira Piura, y a la Dirección de Planificación y Desarrollo de los Recursos Hídricos.
Artículo 3º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional de la entidad: www.gob.pe/ana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS AGUILAR HUERTAS
Jefe
2201594-1