LEY Nº 31857

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE UN PARQUE INDUSTRIAL Y ARTESANAL EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Artículo único. Declaración de necesidad pública

Se declara de necesidad pública la creación y construcción de un parque industrial y artesanal en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, para promover, preferentemente, el emprendimiento de los jóvenes.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de julio de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de agosto del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2201202-1