LEY Nº 31857
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA LA CREACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE UN PARQUE INDUSTRIAL Y ARTESANAL EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Artículo único. Declaración de necesidad pública
Se declara de necesidad pública la creación y construcción de un parque industrial y artesanal en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, para promover, preferentemente, el emprendimiento de los jóvenes.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diez días del mes de julio de dos mil veintitrés.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2201202-1