Resolución de Consejo Directivo que aprueba el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica y Programa de Transferencias correspondiente al periodo del 4 de agosto de 2023 al 31 de octubre de 2023

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 135-2023-OS/CD

Lima, 25 de julio de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 27510, se creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica (en adelante FOSE), a efectos de favorecer el acceso y permanencia del servicio eléctrico a usuarios residenciales, de la opción tarifaria BT5, cuyo consumo mensual sea menor a 100 kW.h mes, umbral que posteriormente fue modificado;

Que, la Ley N° 28307, Ley que modifica y amplía los factores de reducción tarifaria de la Ley N° 27510, otorga vigencia indefinida al FOSE y sustituye la Tabla contenida en el artículo 3 de la Ley N° 27510, determinando así una ampliación del universo de beneficiarios del FOSE;

Que, la Ley N° 30319, Ley que adecúa los parámetros de aplicación del FOSE para los usuarios de los Sistemas Eléctricos Urbano-Rural y Rural de los Sectores Típicos 4, 5 y 6, modificó el artículo 3 de la Ley N° 27510, y a su vez se modificaron los porcentajes de reducción tarifaria del FOSE;

Que, mediante Ley N° 31429, Ley que modifica los artículos 1, 2 y 3 e incorpora el artículo 3-A en la Ley N° 27510, se amplía el rango de beneficiarios hasta 140 kWh mes y para el financiamiento se incorpora a los usuarios libres. Asimismo, se establecen criterios de exclusión de usuarios del beneficio del FOSE, como la ubicación del punto de entrega del suministro, habiéndose dispuesto finalmente la entrada en vigencia de la Ley N° 31429, para noviembre del año 2022, según lo previsto en la Ley N° 31598, Ley que modifica el artículo 3 de la Ley 31429, con la finalidad de adelantar su vigencia;

Que, mediante Ley N° 31713, se suspende hasta el 31 de diciembre de 2023, la aplicación del artículo 3-A de la Ley N° 27510, a fin de corregir las distorsiones en las tarifas eléctricas generadas con la implementación, el cual establece criterios de exclusión de usuarios del servicio de electricidad ubicados en manzanas calificadas como estrato alto y medio alto, según el plano estratificado disponible por manzanas del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);

Que, con Resolución N° 063-2023-OS/CD, se aprueba la norma “Procedimiento de Aplicación del Fondo de Compensación Social Eléctrica (FOSE)” (en adelante, “Norma FOSE”), en la cual se definen los criterios y procedimientos para la administración y aplicación del FOSE;

Que, con Resolución N° 072-2023-OS/CD, se aprobó el Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas correspondiente al periodo del 01 de mayo de 2023 al 03 de agosto de 2023, siendo, por lo tanto, necesaria la fijación del Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el trimestre siguiente, es decir el periodo de 04 de agosto de 2023 al 31 de octubre de 2023;

Que, mediante la Ley N° 31728 se modificó el artículo 3-A de la Ley N° 27510, se estableció que “Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Energía y Minas se aprueba el Reglamento de la presente disposición en un plazo de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la presente ley. En el Reglamento se establecen los criterios de exclusión complementarios que sean necesarios”; así como se dispuso la derogación de la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31429;

Que, en tanto que la Ley N° 31728 ha dispuesto que en un plazo de seis (6) meses contados a partir de su vigencia, el Ministerio de Energía y Minas apruebe el Reglamento en el que se establecen los criterios de exclusión complementarios que sean necesarios, a la fecha no resultan aplicables los criterios de exclusión del artículo 3-A de la Ley N° 27510;

Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley N° 27510 y en el artículo 6 de la Norma FOSE, corresponde al Osinergmin, siguiendo la metodología prevista en dicha norma, aprobar trimestralmente el factor de recargo redondeado a tres decimales y el programa de transferencias del FOSE, sobre la base de la revisión de la información presentada por las empresas generadoras y empresas distribuidoras;

Que, se ha considerado para el cálculo del factor de recargo del FOSE, la información de los sistemas fotovoltaicos, de conformidad con el numeral 16.2 del artículo 16 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2013-EM, así como lo dispuesto por el numeral 1 del Artículo 4 de la Resolución N° 154-2022-OS/CD, según el cual las empresas operadoras de sistemas fotovoltaicos para la atención de suministros de energía eléctrica, a efectos de la aplicación y uso del FOSE, deberán seguir los criterios y procedimientos dispuestos por la Norma de Procedimiento de Aplicación del FOSE o aquella que la reemplace;

Que, se ha emitido el Informe Técnico N° 552-2023-GRT y el Informe Legal N° 546-2023-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo del Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en la Ley N° 27510 que creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en la Ley N° 30468, Ley que crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión N° 022-2023, de fecha 25 de julio de 2023.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Factor de Recargo

Aprobar en 1,026 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados, de los usuarios libres, incluyendo los retiros que efectúen los usuarios libres en el mercado mayorista de electricidad, aplicable en la facturación del periodo del 04 de agosto de 2023 al 31 de octubre de 2023.

Artículo 2.- Aprobación del Programa de Transferencias

Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo del 04 de agosto de 2023 al 31 de octubre de 2023, de acuerdo a los siguientes cuadros:

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Empresas Aportantes

Enel Distribución

Luz del Sur

 

 

Fecha Límite de

15/09/2023

15/10/2023

15/11/2023

15/09/2023

15/10/2023

15/11/2023

Transferencia

 

 

 

 

 

 

Empresas

Adinelsa

7 046

7 022

7 000

15 495

15 415

15 341

Receptoras

Chavimochic

17 958

17 976

17 995

39 489

39 465

39 442

 

Egepsa

8 362

8 379

8 395

18 388

18 394

18 399

 

Electro Oriente

17 314

17 931

18 546

38 075

39 365

40 649

 

Electro Pangoa

4 347

4 354

4 362

9 559

9 559

9 559

 

Electro Puno

117 631

119 608

121 587

258 675

262 585

266 492

 

Electro Sur Este

103 906

104 503

105 101

228 493

229 425

230 357

 

Electro Dunas

117 111

116 125

115 132

257 531

254 940

252 342

 

Electro Ucayali

48 823

49 178

49 531

107 364

107 964

108 561

 

Electrocentro

206 445

207 048

207 649

453 977

454 552

455 120

 

Electronoroeste

229 580

229 458

229 333

504 852

503 750

502 646

 

Electronorte

81 901

82 381

82 859

180 103

180 857

181 608

 

Electrosur

171 433

172 012

172 591

376 985

377 632

378 282

 

Emseusa

11 214

11 246

11 278

24 660

24 690

24 720

 

Hidrandina

2 634

2 335

2 038

5 791

5 127

4 468

 

Seal

123 587

125 114

126 643

271 773

274 675

277 574

 

Sersa

9 482

9 508

9 535

20 851

20 875

20 898

 

Acciona.org Perú

115 350

115 753

116 158

253 657

254 123

254 591

 

Eilhicha

11 997

12 001

12 004

26 382

26 346

26 310

 

Esempat

2 277

2 280

2 285

5 006

5 006

5 007

 

Entelin

707

836

966

1 556

1 835

2 117

 

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

302 431

302 775

303 118

665 053

664 709

664 366

 

Tre Perú

328 122

328 258

328 387

721 549

720 652

719 752

Empresas Aportantes

Empresas Aportantes

 

Coelvisac

 

 

Edelsa

 

Fecha Límite de Transferencia

15/09/2023

15/10/2023

15/11/2023

15/09/2023

15/10/2023

15/11/2023

Empresa

Electrocentro

82 004

81 868

81 733

14 817

14 830

14 843

Receptora

 

 

 

 

 

 

 

Empresas Aportantes

Electro Tocache 

Fecha Límite de Transferencia

15/09/2023

15/10/2023

15/11/2023

Empresa

Electrocentro

115 089

115 460

115 831

Receptora

 

 

 

 

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Fecha Límite de Transferencia - 15/09/2023

Empresas Receptoras

Empresas Aportante

Adinelsa

Chavimochic

Electro Oriente

Electro Puno

Electro Sur Este

Electrocentro

Electronoroeste

Electronorte

Hidrandina

Seal

Entelin

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

Agroaurora

0

1 452

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Atria Energía

0

0

0

889 209

222 302

0

0

0

0

0

0

0

Bio Energia del Chira

0

0

0

0

0

0

60 973

0

0

0

0

0

C.H. Tingo

3 755

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Celepsa

0

0

0

0

0

0

0

667 062

0

0

0

0

Chinango

0

0

0

0

0

0

99 052

0

0

0

0

0

Egasa

32 833

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Egemsa

0

0

207 398

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Egesur

2 768

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Electrica Huallaga

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

69 040

0

Electroperú

0

0

0

393 309

0

3 539 782

0

0

0

0

0

0

Enel Generación Perú

0

0

684 136

0

0

0

684 136

0

2 052 408

0

0

0

Enel Generación Piura

15 928

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Engie

0

0

0

0

872 256

0

0

0

0

1 308 384

0

2 180 640

Fenix Power

383 572

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huanchor

126 535

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huanza

0

0

425 675

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huaura Power

13 751

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Inland

0

0

309 867

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Kallpa

0

0

0

0

1 307 800

0

0

0

0

0

0

3 051 533

La Virgen

28 703

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Orazul Energy

0

0

223 712

0

0

0

0

0

0

0

0

0

San Gabán

0

0

0

0

0

0

0

0

0

36 084

144 336

0

San Jacinto

0

0

53 346

0

0

0

0

0

0

0

0

0

SDF Energía

77 671

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Shoungang

0

0

323 522

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Statkraft

0

0

810 900

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Termochilca

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

231 639

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Fecha Límite de Transferencia - 15/10/2023

Empresas Receptoras

Empresas Aportante

Adinelsa

Chavimochic

Electro Oriente

Electro Puno

Electro Sur Este

Electrocentro

Electronoroeste

Electronorte

Hidrandina

Seal

Entelin

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

Agroaurora

0

1 452

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Atria Energía

0

0

0

889 209

222 302

0

0

0

0

0

0

0

Bio Energia del Chira

0

0

0

0

0

0

60 973

0

0

0

0

0

C.H. Tingo

3 755

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Celepsa

0

0

0

0

0

0

0

667 062

0

0

0

0

Chinango

0

0

0

0

0

0

99 052

0

0

0

0

0

Egasa

32 833

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Egemsa

0

0

207 398

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Egesur

2 768

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Electrica Huallaga

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

69 040

0

Electroperú

0

0

0

393 309

0

3 539 782

0

0

0

0

0

0

Enel Generación Perú

0

0

684 136

0

0

0

684 136

0

2 052 408

0

0

0

Enel Generación Piura

15 928

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Engie

0

0

0

0

872 256

0

0

0

0

1 308 384

0

2 180 640

Fenix Power

383 572

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huanchor

126 535

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huanza

0

0

425 675

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Huaura Power

13 751

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Inland

0

0

309 867

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Kallpa

0

0

0

0

1 307 800

0

0

0

0

0

0

3 051 533

La Virgen

28 703

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Orazul Energy

0

0

223 712

0

0

0

0

0

0

0

0

0

San Gabán

0

0

0

0

0

0

0

0

0

36 084

144 336

0

San Jacinto

0

0

53 346

0

0

0

0

0

0

0

0

0

SDF Energía

77 671

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Shoungang

0

0

323 522

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Statkraft

0

0

810 900

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Termochilca

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

231 639

 

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Programa de Transferencias Externas

(En Soles)

Fecha Límite de Transferencia - 15/11/2023

Empresas Receptoras

Empresas Aportante

Adinelsa

Chavimochic

Electro Oriente

Electro Puno

Electro Sur Este

Electrocentro

Electronoroeste

Electronorte

Hidrandina

Seal

Entelin

Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon

Agroaurora

0

1 452

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

Atria Energía

0

0

0

889 209

222 302

0

0

0

0

0

0

0

Bio Energia del Chira

0

0

0

0

0

0

60 973

0

0

0

0

0

Artículo 3.- Publicación de la Resolución

Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 552-2023-GRT y el Informe Legal N° 546-2023-GRT, que forman parte integrante de esta resolución.

OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ

Presidente del Consejo Directivo

2200511-1