Autorizan viaje de personal militar FAP a Colombia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nª 00733-2023-DE

Lima, 27 de julio del 2023

VISTOS:

El Oficio Extra FAP Nº 002093-2023-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 01851-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01197-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Anexo Alfa del Acta de la “VI Reunión Bilateral de Jefes del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Colombiana” se acordó realizar el Ejercicio Operacional Combinado de Interdicción Amazonas II (Tripartita) en la ciudad de Leticia, Amazonas, Perú y Brasil (frontera);

Que, mediante el Acta Consecutivo Nº FAC-S-2023-035512-AG de la Fuerza Aérea Colombiana, se establecen los objetivos para la realización de la Actividad CO 01 Ejercicio Operacional Combinado de Interdicción Aérea AMAZONAS II (FAB-FAP-FAC), precisando en el punto 4. del párrafo 7., la invitación para que dos (2) Oficiales de enlace designados por la Fuerza Aérea del Perú participen en el citado ejercicio internacional, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia;

Que, con Informe Técnico Legal COAL-Nº 043-2023, el Asesor Jurídico del Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que participará en la Ceremonia de Inauguración y Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” entre las Fuerzas Aéreas del Perú, Colombia y Brasil, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 1 al 5 de agosto de 2023;

Que, la Exposición de Motivos, suscrita por la Jefatura de la Sección Entrenamiento e Instrucción EM-A7 del Comando de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar FAP que participará en la Ceremonia de Inauguración y Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” entre las Fuerzas Aéreas del Perú, Colombia y Brasil; por cuanto, resulta importante y necesario el intercambio de experiencias que permitan ampliar el conocimiento, el criterio, así como actualizar la doctrina, normas y procedimientos en la conducción de las acciones militares en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas; lo cual, permitirá a otras fuerzas aéreas mantener un contacto que amplíe las líneas de comunicación; asimismo, señala que el personal militar FAP participante en dicha actividad será trasladado en aeronave FAP (ida y vuelta), precisando que la asistencia de un (1) Oficial General y dos (2) Oficiales Superiores solo será a la ceremonia de inauguración; asimismo, los gastos de alojamiento, con excepción de alimentación y transporte local, para dos (2) Oficiales de Intercambio serán cubiertos por la Fuerza Aérea Colombiana, por lo que debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

Que, la Hoja de Gastos Nº 0052 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú se detallan los gastos por concepto de viáticos que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000002, emitida por la Jefatura del Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, con Oficio Extra FAP Nº 002093-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite, para aprobación, el proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que participará en la Ceremonia de Inauguración y Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” entre las Fuerzas Aéreas del Perú, de Colombia y de Brasil, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 1 al 5 de agosto de 2023;

Que, con Oficio Nº 01851-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 417-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión técnica favorable para autorizar la citada comisión de servicio;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01197-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar la comisión de servicio del personal militar FAP que participará en la Ceremonia de Inauguración y Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” entre las Fuerzas Aéreas del Perú, de Colombia y de Brasil, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en la Ceremonia de Inauguración y Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” entre las Fuerzas Aéreas del Perú, de la República de Colombia y de la República Federativa de Brasil, a realizarse en la ciudad de Leticia, República de Colombia, del 1 al 5 de agosto de 2023, conforme a lo siguiente:

• Personal que asistirá a la ceremonia de inauguración del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” (día 1 de agosto de 2023), traslado ida y vuelta en aeronave FAP:

Mayor General FAP JAVIER FRANCISCO TRYON CARBONE

NSA Nº O-9539986 DNI Nº 43515875

Coronel FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR

NSA Nº O-9588891 DNI Nº 07869954

Comandante FAP ÁLVARO GUTIÉRREZ REY

NSA Nº O-9667897 DNI Nº 15761794

• Personal que participará en la Conducción del Ejercicio Multinacional Combinado “AMAZONAS II” (del 1 al 5 de agosto de 2023), traslado ida y vuelta en aeronave FAP:

Comandante FAP ALBERTO RULLIER RUNCIMAN

NSA Nº O-9688099 DNI Nº 43669949

Mayor FAP NAIKE ROMINA MALÁSQUEZ PASTOR

NSA Nº O-9731603 DNI Nº 43717223

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos (personal que asistirá a la ceremonia de inauguración

del Ejercicio)

US$ 370.00 x 1 día x 3 personas = US$ 1,110.00

Viáticos (personal que participará en la Conducción del

Ejercicio)

US$ 370.00 x 5 días x 2 personas x 40% = US$ 1,480.00

Total General a Pagar = US$ 2,590.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización de viaje a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de personal autorizado.

Artículo 4.- El personal comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jorge Luis Chávez Cresta

Ministro de Defensa

2200474-1