LEY Nº 31850

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA EJECUCIÓN DE DIVERSAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LOS DEPARTAMENTOS DE PIURA, TUMBES, LAMBAYEQUE, ANCASH, JUNÍN, PUNO, ICA, HUANCAVELICA, AYACUCHO, AREQUIPA, TACNA, CUSCO, SAN MARTÍN, LIMA, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, HUÁNUCO, PASCO, AMAZONAS Y LORETO, Y AUTORIZA LA EXPROPIACIÓN DE LOS BIENES INMUEBLES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIONES

Artículo 1. Declaración de necesidad pública e interés nacional de la ejecución de diversas obras de infraestructura de proyectos de inversión y autorización de la expropiación de los bienes inmuebles necesarios para su realización

Se declara de necesidad pública e interés nacional la ejecución de las obras de infraestructura de proyectos de inversión y se autoriza la expropiación de los bienes inmuebles necesarios para la ejecución, en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, Ancash, Junín, Puno, Ica, Huancavelica, Ayacucho, Arequipa, Tacna, Cusco, San Martín, Lima, Provincia Constitucional del Callao, Huánuco, Pasco, Amazonas y Loreto, conforme se detalla en la siguiente matriz, con sus respectivos Códigos Únicos de Inversión -
CUI:

Nº

Nombre del Proyecto

Nombre del Puente

Progresiva

Distrito

Provincia

Región

Sujeto Activo

Sujeto Pasivo

1

Rehabilitación del Eje Vial Nº 01 Piura - Guayaquil Perú Ecuador. Obra 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Ignacio Escudero (Obra Nº 01)

24+000

Ignacio Escudero

Sullana

Piura

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Inmuebles necesarios para la ejecución de las obras ubicados en los distritos de Ignacio Escudero, La Brea y Los Órganos de la provincia de Sullana y Talara del departamento de Piura, dentro del ámbito del proyecto con Código Único de Inversión

CUI 2094971.

Pichichaco

(Obra Nº 02)

25+800

Ignacio Escudero

Sullana

Piura

Peña

(Obra Nº 03)

33+300

Ignacio Escudero

Sullana

Piura

S/N

(Obra Nº 04)

58+050

La Brea

Talara

Piura

S/N

(Obra Nº 04)

61+700

La Brea

Talara

Piura

Debora 1

(Obra Nº 04)

64+000

La Brea

Talara

Piura

Debora 2

(Obra Nº 04)

64+100

La Brea

Talara

Piura

S/N

(Obra Nº 04)

65+400

La Brea

Talara

Piura

S/N

(Obra Nº 04)

66+600

La Brea

Talara

Piura

Pariñas

(Obra Nº 05)

79+100

Los Órganos

Talara

Piura

Jabonillal

(Obra Nº 05)

80+100

Los Órganos

Talara

Piura

Las Monjas

(Obra Nº 05)

109+100

Los Órganos

Talara

Piura

S/N

(Obra Nº 06)

111+400

Los Órganos

Talara

Piura

Ñuro

(Obra Nº 06)

127+300

Los Órganos

Talara

Piura

2

Construcción de puentes por reemplazo en la Zona Norte del país. Obra Nº 1, 2, 3 y 4

Coco

(Obra Nº 01)

5+920

Marcavelica

Sullana

Piura

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Inmuebles necesarios para la ejecución de las obras ubicados en los distritos de Marcavelica, Zorritos, Tumbes, Catacaos, Lambayeque, Mochumi, Túcume, Illimo, Jayanca, Pacora y Motupe de las provincias de Sullana, Contralmirante Villar, Tumbes, Zarumilla, Piura y Lambayeque de los departamentos de Piura, Tumbes y Lambayeque, dentro del ámbito de los proyectos con Código Único de Inversión 2192511 (Obra 1, 2 y 3) y 2273346 (Obra 4).

Amazonas

(Obra Nº 01)

6+060

Marcavelica

Sullana

Piura

Peroles

(Obra Nº 01)

18+500

Marcavelica

Sullana

Piura

Cancas I

(Obra Nº 01)

174+900

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Acapulco I

(Obra Nº 01)

206+450

Tumbes

Tumbes

Tumbes

Los Pinos I

(Obra Nº 01)

216+660

Zarumilla

Zarumilla

Tumbes

Tiburón

(Obra Nº 01)

218+440

Tumbes

Tumbes

Tumbes

Los Pozos

(Obra Nº 01)

219+600

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Anima I

(Obra Nº 02)

178+500

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Puerto Dorado

(Obra Nº 02)

188+430

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Palo Santo

(Obra Nº 02)

199+447

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Huacura I

(Obra Nº 02)

203+100

Zorritos

Contralmirante Villar

Tumbes

Independencia

(Obra Nº 03)

18+000

Catacaos

Piura

Piura

Pontón

(Obra Nº 04)

1+568

Lambayeque

Lambayeque

Lambayeque

Pontón

(Obra Nº 04)

10+221

Lambayeque

Lambayeque

Lambayeque

Pontón

(Obra Nº 04)

13+419

Mochumi

Lambayeque

Lambayeque

El Pavo

(Obra Nº 04)

20+942

Túcume

Lambayeque

Lambayeque

Pontón

(Obra Nº 04)

21+323

Túcume

Lambayeque

Lambayeque

La Leche

(Obra Nº 04)

26+272

Illimo

Lambayeque

Lambayeque

Chele

(Obra Nº 04)

30+660

Jayanca

Pacora

Lambayeque

Lambayeque

Pontón

(Obra Nº 04)

71+046

Motupe

Lambayeque

Lambayeque

3

Construcción de puentes por reemplazo en Ancash - Junín. Obra Nº 1, 2, 3 y 4

Puente 01

(Obra Nº 01)

546+310

Ticapampa

Catac

Recuay

Ancash

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Inmuebles necesarios cincuenta y tres (53) pudiendo adicionarse otros inmuebles los cuales se ubican en los distritos de Ticapampa, Catac, Independencia, Yungar, Anta, Ranrahirca, Yungay, Pueblo Libre, Macate, Santa Rosa, Chupuro, Huayucachi, Tarma, Acobamba, Palca, San Ramón, Chanchamayo, La Merced, Santa Ana, Pichanaki, Satipo de las provincias de Recuay, Huaraz, Carhuaz, Anta, Yungay, Huaylas, Santa, Pallasca, Huancayo, Tarma, Chanchamayo y Satipo del departamento de Ancash y Junín, dentro del ámbito del proyecto que cuenta con Código Único de Inversión 2305757 (Obra 1 y 2) y 2305758 (Obra 3 y 4).

Puente 02

(Obra Nº 01)

586+910

Independencia

Huaraz

Ancash

Puente 03

(Obra Nº 01)

598+510

Yungar

Carhuaz

Ancash

Puente 04

(Obra Nº 01)

602+935

Anta

Anta

Ancash

Puente 05

(Obra Nº 01)

629+230

Ranrahirca

Yungay

Ancash

Puente 06

(Obra Nº 01)

632+330

Yungay

Yungay

Ancash

Puente 07

(Obra Nº 01)

639+675

Yungay

Yungay

Ancash

Puente 08

(Obra Nº 01)

642+730

Pueblo Libre

Huaylas

Ancash

Puente Chiquicara

(Obra Nº 02)

751+518

Macate

Santa

Ancash

Puente Quiroz

(Obra Nº 02)

768+806

Santa Rosa

Pallasca

Ancash

Puente Tablachaca I

(Obra Nº 02)

769+131

Santa Rosa

Pallasca

Ancash

Puente Tablachaca II

(Obra Nº 02)

776+216

Santa Rosa

Pallasca

Ancash

Puente Chupuro

(Obra Nº 03)

52+390

Chupuro

Huayucachi

Huancayo

Junín

Puente Malecón Gálvez

(Obra Nº 03)

33+294

Tarma

Tarma

Junín

Puente San Miguel

(Obra Nº 03)

72+830

Acobamba

Tarma

Junín

Puente Yananguito

(Obra Nº 03)

44+536

Acobamba

Tarma

Junín

Puente Vilcabamba

(Obra Nº 03)

45+780

Acobamba

Tarma

Junín

Puente Pamonte

(Obra Nº 03)

61+129

Palca

Tarma

Junín

Puente Salsipuedes I

(Obra Nº 03)

99+420

San Ramón

Chanchamayo

Junín

Puente Salsipuedes II

(Obra Nº 03)

101+381

San Ramón

Chanchamayo

Junín

Puente Salsipuedes III

(Obra Nº 03)

101+660

San Ramón

Chanchamayo

Junín

Puente KM 116+295

(Obra Nº 03)

116+315

Chanchamayo

Chanchamayo

Junín

Bajo Totorani

(Obra Nº 04)

32+163

La Merced

Chanchamayo

Junín

Boca Pumpuriani

(Obra Nº 04)

49+409

Santa Ana

Chanchamayo

Junín

Pichanaki

(Obra Nº 04)

69+512

Pichanaki

Chanchamayo

Junín

Sotorani

(Obra Nº 04)

72+27

Pichanaki

Chanchamayo

Junín

Ipoki

(Obra Nº 04)

89 + 054

Pichanaki

Chanchamayo

Junín

TMC Villa Kapiri

(Obra Nº 04)

104+586

Pichanaki

Chanchamayo

Junín

San Francisco

(Obra Nº 04)

119+234

Satipo

Satipo

Junín

Santa Teresa

(Obra Nº 01)

1151 + 095

Santa Rosa

Melgar

Puno

Ccaccachupa

(Obra Nº 01)

1154+592

Ayaviri

Melgar

Puno

Mal Paso

(Obra Nº 01)

1160+350

Santa Rosa

Melgar

Puno

Llapamayo

(Obra Nº 01)

1161+100

Santa Rosa

Melgar

Puno

Wataywasi

(Obra Nº 01)

1169+953

Santa Rosa

Melgar

Puno

Pozomayo

(Obra Nº 01)

1174 + 717

Santa Rosa

Melgar

Puno

Parina

(Obra Nº 01)

1179+970

Santa Rosa

Melgar

Puno

4

Construcción de puentes por reemplazo en Puno. Obra Nº 1, 2, 3 y 4

Panccamayo

(Obra Nº 01)

1182 + 652

Santa Rosa

Melgar

Puno

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Inmuebles necesarios cincuenta (50) pudiendo adicionarse otros los cuales se ubican en los distritos de Santa Rosa, Ayaviri, Umachiri, Pucará, Calapuja, Nicasio, Ilave, Juli, Pomata, Zepita, Chucuito y José Domingo de Choquehuanca de las provincias de Melgar, Lampa, Ayaviri, El Collao, Chucuito, Puno y Azángaro del departamento de Puno, dentro del ámbito del proyecto que cuenta con Código Único de Inversión 2307419 (Obra 1 y 2) y 2279776 (Obra 3 y 4).

Mayogrande

(Obra Nº 01)

1187 + 724

Santa Rosa

Melgar

Puno

Yaurimayo

(Obra Nº 01)

1191 + 169

Santa Rosa

Melgar

Puno

Choccamaqui

(Obra Nº 01)

1198 + 631

Umachiri

Melgar

Puno

Chiquimayo

(Obra Nº 01)

1208+230

Santa Rosa

Melgar

Puno

Cahuasiri

(Obra Nº 02)

1216 + 530

Ayaviri

Melgar

Puno

Ayaviri

(Obra Nº 02)

1218+700

Ayaviri

Ayaviri

Puno

Ccaccachupa

(Obra Nº 02)

1218 + 955

Ayaviri

Melgar

Puno

Ventilla

(Obra Nº 02)

1232+380

Ayaviri

Melgar

Puno

Pucramayo

(Obra Nº 02)

1246+753

Pucara

Lampa

Puno

Cobremayo

(Obra Nº 02)

1260 + 800

Pucara

Lampa

Puno

Colquemayo

(Obra Nº 02)

1261+500

Pucara

Lampa

Puno

Pontón Ccacco

(Obra Nº 03)

1264 + 900

Pucara

Lampa

Puno

Pontón Garajemayo

(Obra Nº 03)

1269 +680

Nicasio

Lampa

Puno

Chaccrapi

(Obra Nº 03)

1280+760

Nicasio

Lampa

Puno

Zapatilla

(Obra Nº 03)

1422 + 865

Ilave

El Collao

Puno

Salado

(Obra Nº 03)

1436+380

Juli

Chucuito

Puno

Pontón San Miguel

(Obra Nº 03)

1449 + 650

Juli

Chucuito

Puno

Pontón Sihuayro

(Obra Nº 03)

1452 + 400

Juli

Chucuito

Puno

Pontón Tanana

(Obra Nº 03)

1468 + 364

Pomata

Chucuito

Puno

Pontón Chaca Chaca

(Obra Nº 03)

1470 + 025

Pomata

Chucuito

Puno

Pontón Crucero

(Obra Nº 03)

1473+200

Pomata

Chucuito

Puno

Pontón Calahuira

(Obra Nº 03)

1481 + 822

Zepita

Chucuito

Puno

Pontón Parco

(Obra Nº 03)

1484 + 130

Zepita

Chucuito

Puno

Pontón Arboleda

(Obra Nº 03)

1486 + 063

Zepita

Chucuito

Puno

Pontón Chuachua

(Obra Nº 03)

1491 + 545

Zepita

Chucuito

Puno

Pontón Cota

(Obra Nº 03)

1498+163

Zepita

Chucuito

Puno

Pontón Huerta

(Obra Nº 03)

1500 +353

Zepita

Chucuito

Puno

Santo Domingo de Choquehuanca

(Obra Nº 04)

4+000

José Domingo de Choquehuanca

Azángaro

Puno

Huancano (Obra Nº 01)

66 + 737

Huancano

Pisco

Ica

Rumichaca I (Obra Nº 01)

195 + 773

Pilpichaca

Huaytará

Huancavelica

Niñacha (Obra Nº 01)

243 + 405

Paras

Cangallo

Ayacucho

Supaymayo (Obra Nº 01)

246 + 604

Paras

Cangallo

Ayacucho

Suchuna (Obra Nº 01)

251 + 963

Paras

Cangallo

Ayacucho

Niñobamba (Obra Nº 01)

258 + 568

Paras

Cangallo

Ayacucho

Rumichaca II (Obra Nº 02)

261+ 681

Vinchos

Huamanga

Ayacucho

Pontón S/N (Obra Nº 02)

266 + 284

Vinchos

Huamanga

Ayacucho

5

Construcción de puentes por reemplazo en la Zona CentroSur del país. Obra Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7

Ccatumpampa (Obra Nº 02)

271 + 811

Vinchos

Huamanga

Ayacucho

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Inmuebles necesarios veintiocho (28) pudiendo adicionarse otros

inmuebles para la ejecución de las obras los cuales se ubican en los distritos Pilpichaca, Paras, Vinchos, Socos, Ayacucho, Ica, Río Grande, Palpa, Nazca, Lomas, Yauca, San Gregorio, San Juan de Siguas, Vitor, Dean Valdivia, Punta Bombón y Tarucachi de la provincias de Pisco, Huaytará, Cangallo, Huamanga, Ica, Nazca, Palpa, Caravelí, Camaná, Arequipa, Islay y Tarata de los departamentos de Ica, Huancavelica, Ayacucho, Arequipa y Tacna, dentro del ámbito de los proyectos con Código Único de InversiónCUI 2192512 (Obra 1 y 2) y 2283964 (Obra 3, 4, 5, 6 y 7).

Angasmayo (Obra Nº 02)

285 + 398

Vinchos

Huamanga

Ayacucho

Casacancha (Obra Nº 02)

288 + 693

Socos

Huamanga

Ayacucho

Pontón S/N (Obra Nº 02)

327 + 733

Ayacucho

Huamanga

Ayacucho

Pontón Losa (Obra Nº 03)

292 + 478

Ica

Ica

Ica

Río Grande (Obra Nº 03)

395 + 041

Río Grande

Palpa

Ica

Palpa

(Obra Nº 03)

399 + 752

Palpa

Palpa

Ica

Viscas

(Obra Nº 03)

400 + 780

Palpa

Palpa

Ica

Pontón Losa

(Obra Nº 03)

438 + 847

Nazca

Nazca

Ica

Pontón Marco

(Obra Nº 03)

441 + 680

Nazca

Nazca

Ica

Nazca

(Obra Nº 04)

449 + 080

Nazca

Nazca

Ica

Alto Grande

(Obra Nº 04)

524 + 632

Lomas

Caravelí

Arequipa

Pontón Lomas

(Obra Nº 04)

533 + 509

Lomas

Caravelí

Arequipa

Yauca

(Obra Nº 04)

573 + 105

Yauca

Caravelí

Arequipa

Tanaka

(Obra Nº 04)

582 + 840

Yauca

Caravelí

Arequipa

Chirimiza

(Obra Nº 04)

834 + 433

San Gregorio

Camaná

Arequipa

Siguas

(Obra Nº 04)

925+015

San Juan de Siguas

Arequipa

Arequipa

Vitor

(Obra Nº 05)

955+833

Vitor

Arequipa

Arequipa

Puente Freire (Obra Nº 06)

246+928

Dean Valdivia

Punta Bombón

Islay

Arequipa

Puente Tarucachi (Obra Nº 07)

77 + 107

Tarucachi

Tarata

Tacna

6

Construcción de puente Pichari y Accesos

Pichari

15+847

Pichari

La Convención

Cusco

Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)

Un (01) inmueble necesario para la obra ubicado en el distrito de Pichari, provincia de La Convención del departamento del Cusco, dentro del ámbito del proyecto con Código Único de Inversión

CUI 2188523.

Infraestructura Vial – Carreteras

Artículo 2. Justificación de la expropiación

2.1. La declaración de necesidad pública e interés nacional, y autorización de expropiación se justifica en la necesidad de reducir la brecha de infraestructura existente en nuestro país, brindar conectividad a las poblaciones alejadas con fines de inclusión social y permitir la mejora económica de las poblaciones que se verán beneficiadas por las obras señaladas en el artículo 1. Asimismo, se busca asegurar el cumplimiento oportuno de los compromisos contractuales asumidos por el Estado peruano en el caso de las obras de infraestructura que actualmente se encuentran en ejecución.

2.2. La expropiación se lleva a cabo de acuerdo con el procedimiento establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado por el Decreto Supremo 015-2020-VIVIENDA; en caso de expropiación de bienes culturales, esta no se contrapondrá con la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.

Artículo 3. Sujeto activo y beneficiario

Se considera como sujeto activo y beneficiario de las expropiaciones autorizadas mediante la presente ley al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado por el Decreto Supremo 015-2020-VIVIENDA.

Artículo 4. Pago de la indemnización justipreciada

El pago de la indemnización justipreciada que se establezca como consecuencia del trato directo o del procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley marco de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado por el Decreto Supremo 015-2020-VIVIENDA.

Artículo 5. Financiamiento

Los gastos de implementación de lo dispuesto en la presente ley se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los doce días del mes de julio de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del

Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2200155-4