Formalizan acuerdo del Consejo Directivo que aprueba el “Protocolo del Servicio 1.1.8: Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° 000153-2023-SERVIR-PE

Lima, 21 de julio de 2023

VISTOS: El Memorando N° 000157-2023-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Técnico N° 000037-2023-SERVIR-GDSRH y Memorando N° 000522-2023-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, el Informe N° 000113-2023-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 000182-2023-SERVIR-GG- de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como un Organismo Técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres tiene como objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad;

Que, con Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, la cual identifica como problema público la “Discriminación estructural contra las mujeres”; y, para su erradicación se proponen seis objetivos prioritarios, entre el que se encuentra el “Objetivo Prioritario 1: Reducir la violencia hacia las mujeres”, el cual contiene, a su vez, dos lineamientos, siendo uno de ellos, el “Lineamiento 1.1 Implementar medidas de atención y protección para mujeres víctimas de violencia e integrantes del grupo familiar”; el cual se materializa a través de la ejecución de ocho servicios prioritarios, uno de los cuales es el servicio “1.1.8 Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”, dirigido a hombres y mujeres trabajadores/as víctimas de acoso sexual laboral en su centro de trabajo. Asimismo, se establece que el servicio 1.1.8 es proveído por la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR, para la Administración pública;

Que, por medio del Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, se aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género con la finalidad de implementar la Política Nacional de Igualdad de Género a través de la ejecución de los servicios; asimismo, el artículo 2 del citado Decreto Supremo, establece que las entidades públicas de nivel nacional, regional y local, implementan dicho Plan y adoptan las medidas necesarias para cumplir sus metas en los plazos establecidos en el mismo;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP, se aprueba los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG”, en cuyo numeral 6.2.2 del artículo VI se establece que los protocolos de los servicios son aprobados por la entidad rectora;

Que, en ese contexto, a través del Informe Técnico N° 000037-2023-SERVIR-GDSRH, complementado con el Memorando N° 000522-2023-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR propone y sustenta la aprobación del “Protocolo del Servicio: 1.1.8 Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”, el cual fue elaborado con la asistencia técnica de la Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; señalando que su contenido cumple con las pautas metodológicas establecidas en los Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG, aprobado por la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP;

Que, mediante el Informe N° 000113-2023-SERVIR-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de SERVIR, señala que Protocolo referido en los considerandos precedentes contribuye al Objetivo Estratégico Institucional 02: Implementar el marco regulatorio del Sistema Administrativo de Recursos Humanos en las entidades públicas, cautelando los principios de mérito, idoneidad e integridad de los servidores civiles, contenido en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023- 2026 de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000016-2023-SERVIR-PE;

Que, con Informe Legal N° 000182-2023-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica manifiesta que resulta legalmente viable continuar con el trámite de aprobación del “Protocolo del Servicio: 1.1.8 Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”, ante el Consejo Directivo de SERVIR; señalando que, posteriormente, dicha aprobación deberá formalizarse con Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Que, por medio del Memorando N° 000157-2023-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 16-2023, realizada el 12 de julio de 2023, dicho Consejo aprobó el “Protocolo del Servicio: 1.1.8 Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”;

Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, que aprueba la “Política Nacional de Igualdad de Género”; el Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género; la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG”; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062- 2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 16-2023, realizada el 12 de julio de 2023, mediante el cual se aprueba el “Protocolo del Servicio 1.1.8: Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad a víctimas de acoso sexual laboral”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y de su Anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir); en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA ISABEL PARI MORALES

Presidenta Ejecutiva

Consejo Directivo

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