Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 del Gobierno Regional de Lima

ORDENANZA REGIONAL

N° 36

VISTO:

El Acuerdo de Consejo Regional N°021-2023-CR/GRL de fecha 15 de marzo de 2023, que resuelve en ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la propuesta de Ordenanza Regional respecto a “EL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023”, del Gobierno Regional de Lima.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 – “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV”, establece que “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (…)”

Que, en el artículo 2° de la Ley 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobierno Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por la Ley N° 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y, el literal a) del artículo 15° de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional;

El artículo 2º de la Ley Nº29611, que modifica la Ley Nº29010, Ley que faculta a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a disponer recursos a favor de la Policía Nacional del Perú, modificó los artículos 10º y 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incluyendo como competencia administrativa compartida en el artículo 10º literal i) a la seguridad ciudadana, mientras que en el artículo 61º se incluyen las funciones en materia de defensa civil y seguridad ciudadana:

a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas regionales en materia de defensa civil y seguridad ciudadana, en concordancia con la política general del Gobierno y los planes sectoriales y locales.

b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil y el Comité Regional de Seguridad Ciudadana.

(...) e) Promover y apoyar la educación en seguridad vial y ciudadana.

f) Planear, programar, ejecutar y formular directivas, supervisar y evaluar las actividades de seguridad ciudadana regional, en concordancia con la política nacional formulada por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) y el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.”

En concordancia con lo señalado en el párrafo precedente, la Resolución Ministerial Nº2056-2019-IN, del 22 de diciembre de 2019, aprueba la Directiva Nº009-INDGSC, Lineamientos Técnicos y Procedimientos para el Diseño Formulación, Aprobación, Implementación, Seguimiento y Evaluación de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana destinada a regular jurídicamente tales aspectos en el marco de la implementación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana (PNSC) 2019-2023 y la regulación jurídica vigente sobre la materia;

La Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana en cumplimiento a la Directiva Nº009-2019-IN-DGSC, formuló el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, bajo la metodología participativa (talleres, reuniones y mesas de trabajo) enfoques de gestión por resultado, intercultural y regional; alineándose, para ello con el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, el Plan de Desarrollo Regional (PDR), Plan Operativo Institucional (POI) y el Plan Estratégico Institucional (PEI), contando para ello con la participación de los miembros del Comité Regional de Seguridad Ciudadana y sus especialistas;

Mediante Resolución Ministerial Nº2056-2019-IN, se aprueba la Directiva Nº009-2019-IN-DGSC, la cual tiene como finalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana;

El Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2023, beneficiará a los habitantes de las 9 provincias y sus 128 distritos, con lo que se logrará enfrentar la inseguridad, consiguiendo la reducción de las faltas, incidencias delictivas y criminalidad, logrando aumentar una adecuada gobernabilidad y paz social a fin que los habitantes de la región Lima puedan realizar sus actividades alcanzando su desarrollo personal, familiar y colectivo;

De la revisión de los antecedentes remitidos y del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 elaborado por la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, estas se encuentran enmarcados dentro de la regulación jurídica vigente por lo que dicha propuesta deber ser amparada a través de su aprobación mediante Ordenanza Regional a través del Consejo Regional de Lima;

En función de las precisiones legales anteriores, se procede a la revisión y validación de la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, planteado por la Secretaría Técnica Regional de Seguridad Ciudadana de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, atendiendo a que se encuentra enmarcado en lo dispuesto en la Directiva N°009-2019-IN antes referida y demás disposiciones jurídicas invocadas, por la amplitud de los argumentos desarrollados en el presente dispositivo legal;

En atención a la regulación jurídica vigente, reunidos los integrantes del Comité Regional de Seguridad Ciudadana – CORESEC región Lima, a través de la plataforma virtual Meet, de fecha 26 de agosto de 2022, se declaró por unanimidad válida la propuesta del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima 2023;

Mediante Informe N°018-2023-GRL-GRRNGMA, de fecha 10 de febrero de 2023, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente remite al Gerente General Regional de Lima, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, a fin de que se someta a consideración del Consejo Regional para la aprobación mediante Ordenanza Regional, adjuntando el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, las opiniones favorables técnicas y legales de la Subgerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;

Mediante Oficio N°061-2023-GRL/GOB, de fecha 02 de marzo de 2023, la Abg. Rosa Vásquez Cuadrado, en su calidad de Gobernadora Regional de Lima, remite al Consejo Regional de Lima la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023 del Gobierno Regional de Lima;

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 15 de marzo de 2023, desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes y consejeros regionales conectados vía el software de videollamadas y reuniones virtuales ZOOM, se dio cuenta del pedido del visto, y; con el voto por MAYORÍA de los consejeros regionales presentes de la sesión ordinaria del Consejo Regional, y;

En uso de sus facultades conferidas en los literales a), c) y s) del Artículo 15°, Artículo 37° y Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional;

HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

PLAN DE ACCIÓN REGIONAL

DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023, DEL

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, del Gobierno Regional de Lima, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana, cuyo texto anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés Regional la implementación y ejecución del Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023, validado por unanimidad por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana (DGSC); jurisdicción del Gobierno Regional de Lima.

Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta.

Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fines.

En Huacho, a los quince días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.

POR TANTO:

Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación.

JOSÉ ANTONIO CAICO FERNÁNDEZ

Presidente del Consejo Regional

Consejo Regional

Mando se comunique, publique y cumpla.

Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 31 días del mes de mayo del año dos mil veintitrés.

ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO

Gobernadora Regional de Lima

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