Aprueban Lineamientos para la aplicación del artículo 50 de la Ley 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas
Resolución Directoral
Nº 0016-2023-EF/50.01
Lima, 20 de julio de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que, el numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, ubicados en zonas que vienen siendo declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales y peligros asociados, que efectuaron modificaciones presupuestarias a favor de la Actividad 5006144: Atención de Actividades de Emergencia del Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional;
Que, asimismo, el numeral 50.2 de artículo 50 de la Ley N° 31728, dispone que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas por el numeral precedente se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440. Asimismo, señala que la Dirección General de Presupuesto Público aprueba los lineamientos correspondientes para la implementación de la citada medida;
Que, por lo expuesto, corresponde aprobar los lineamientos para la aplicación del artículo 50 de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar los “Lineamientos para la aplicación del artículo 50 de la Ley 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y dicta otras medidas”, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y de su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESSICA ROXANA CAMACHO MEDINA
Directora General
Dirección General de Presupuesto Público
2198402-1