Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre frutas amazónicas, fertilizantes y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 009-2023-INACAL/DN
Lima, 17 de julio de 2023
VISTO: El acta de fecha 11 de julio de 2023 del Comité Permanente de Normalización;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos Afines a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Frutas amazónicas y derivados, b) Gestión y aseguramiento de la calidad, c) Investigación de mercado, social y de opinión, d) Gestión de instalaciones y servicios (Facility management), e) Fertilizantes y sus productos afines, f) Edificaciones y obras de ingeniería civil, g) Gas natural seco, h) Pruebas de laboratorio clínico y sistemas para diagnóstico in vitro, i) Gas licuado de petróleo, j) Tubos, válvulas, conexiones y accesorios de material plástico, proponen aprobar 11 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana; sustentando ello en los informes que figuran en los expedientes correspondientes;
Que, mediante el Informe N°007-2023-INACAL/DN.PN de fecha 07 de julio de 2023, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224;
Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y el informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°088-2019-INACAL/PE, renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 037-2021-INACAL/PE, modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 052-2023-INACAL/PE; en sesión de fecha 11 de julio del año 2023, acordó por unanimidad aprobar 11 Normas Técnicas Peruanas, y dejar sin efecto 01 Norma Técnica Peruana;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas, por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224:
NTP 125.015:2023 FRUTAS AMAZÓNICAS. Cocona. Requisitos. 1ª Edición
NTP 712.300:2023 ORIENTACIONES PARA LA INTEGRACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN ISO 9001, ISO 14001 e ISO 45001. 1ª Edición
NTP-ISO 20252:2023 Investigación de mercado, social y opinión, incluidos insights y analítica de datos. Vocabulario y requisitos del servicio. 1ª Edición
NTP-ISO 41014:2023 Gestión de inmuebles y servicios de soporte. Desarrollo de una estrategia de gestión de inmuebles y servicios de soporte. 1ª Edición
NTP 311.290:2023 FERTILIZANTES. Mezclas físicas. Requisitos. 4ª Edición
Reemplaza a la NTP 311.290:2017
NTP-ISO 22862:2023 Fertilizantes y acondicionadores del suelo. Fertilizantes compuestos. Requisitos generales. 1ª Edición
GP 118:2023 CALIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN. Manual de tolerancias en la construcción de edificaciones. 1ª Edición
NTP-ISO 20088-1:2023 Determinación de la resistencia de los materiales aislantes a un derrame criogénico. Parte 1: Fase líquida. 1ª Edición
ETP-ISO/TS 16782:2023 Pruebas de laboratorio clínico. Criterios de aceptación para lotes de caldo y agar Mueller-Hinton deshidratado para pruebas de susceptibilidad antimicrobiana. 1ª Edición
NTP 910.008:2023 GAS LICUADO DE PETRÓLEO (GLP). Método de ensayo normalizado para la determinación de residuos en gas licuado de petróleo (GLP) mediante desorción térmica automatizada /cromatografía de gases (DTA/CG). 1ª Edición
NTP 222.200:2023 CAJA DE MATERIAL PLÁSTICO PARA REGISTRO DE DESAGÜE. Base de fondo, cuerpos intermedios inferior y superior, marco, tapa y seguro. Requisitos y métodos de ensayo. 1ª Edición
Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas:
NTP 311.290:2017 FERTILIZANTES. Mezclas físicas. Requisitos. 3a Edición
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIA DEL ROSARIO URÍA TORO
Directora
Dirección de Normalización
2197975-1