Aprueban el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 416-2023-MDSJL

San Juan de Lurigancho, 3 de julio de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN JUAN DE LURIGANCHO:

VISTOS; El Informe Nº 022-2023-SGEP-GDU/MDSJL de la Subgerencia de Estudios y Proyectos, de fecha 31 de enero de 2023; el Memorándum N° 078-2023-SGOP-GDU/MDSJL, de la Subgerencia de Obras Públicas, de fecha 31 de enero de 2023; el Informe N° 067-2023-SGO-GDU/MDSJL, de la Subgerencia de Obras Públicas, de fecha 06 de febrero de 2023; Memorando N° 073-2023-GDU/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de fecha 07 de febrero de 2023; el Informe N° 046-2023-SGPUC-GDU/MDSJL, de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, de fecha 12 de febrero de 2023; el Informe N° 010-2023-SGFT-GAT/MDSJL, de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, de fecha 10 de febrero de 2023; el Memorando N° 047-2023-SCII/MDSJL, de la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional, de fecha 13 de febrero de 2023; el Informe N° 024-2023-SGOPHU-GDU/MDSJL, de la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, de fecha 15 de febrero de 2023; el Memorando N° 085-2023-GDU/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de fecha 17 de febrero de 2023; el Memorándum N° 287-2023-GSC/MDSJL, de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, de fecha 20 de febrero de 2023; el Informe N° 018-2023-SGMAPYJ-GDA/MDSJL, de la Subgerencia de Medioambiente, Parques y Jardines, de fecha 21 de febrero de 2023; el Informe N° 36-2023-SGLP-GDA/MDSJL, de la Subgerencia de Limpieza Pública, de fecha 21 de febrero de 2023; el Memorando N° 106-2023-GDE/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Económico, de fecha 20 de febrero de 2023; el Memorando N° 108-2023-GDE/MDSJL, de la Gerencia de Desarrollo Económico, de fecha 22 de febrero de 2023; el Informe N° 159-2023-SGDICNI-GP/MDSJL, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, de fecha 07 de junio de 2023; Informe N° 176-2023-GP/MDSJL, de la Gerencia de Planificación, de fecha 07 de junio de 2023; el Informe Legal N° 181-2023-GAJ/MDSJL, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194 y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho cuenta con el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 486-2017-A/MDSJL, vigente hasta la fecha, debiendo actualizarse e incorporar diversos servicios para atender a los ciudadanos;

Que, el Informe N° 159-2023-SGDICNI-GP/MDSJL de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional señala que considerando los costos que implica la prestación de los servicios y tomando en cuenta los precios del mercado, con relación a los cuadros comparativos planteados por las unidades orgánicas involucradas a través de sus propuestas, las cuales están sustentadas en los actuados, considera viable y sostiene la necesidad de consolidar todas las propuestas vertidas por las unidades orgánicas involucradas y señaladas en los documentos de vistos, para crear un nuevo TUSNE, que deberá aprobarse con el respectivo acto resolutivo a ser suscrito por el Titular de la Entidad

Que, con Informe Legal N° 181-2023-GAJ/MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica otorga opinión favorable a la emisión de la resolución de alcaldía que apruebe el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE al ser servicios que no se brindan en exclusividad, no vulnerando además lo dispuesto en el artículo 60, al no incurrir en competencia desleal con entidades privadas de la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; asimismo recomienda dejar sin efecto toda disposición que vaya en contra del nuevo TUSNE;

Que, mediante Informe N° 197-2023-SGDICNI-GP/MDSJL la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional devuelve los actuados para la aprobación del nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos con el respectivo acto resolutivo a ser suscrito por el Titular de la Entidad;

Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite lo difusión al público de los mismos;

Estando a las consideraciones expuestas; y, con las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cuyos requisitos, precios y plazos se detallan en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 486-2017-A/MDSJL y la Resolución de Alcaldía N° 297-2023-MDSJL que la modifica y toda disposición administrativa de igual o inferior jerarquía que se oponga a los dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- ENCARGAR a las Gerencias y Subgerencias el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, de acuerdo a sus competencias.

Artículo 4.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la información en coordinación con la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal de la entidad (www.munisjl.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JESUS MALDONADO AMAO

Alcalde

2197713-1