Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito de San Miguel
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 007-2023/MDSM
San Miguel, 5 de julio de 2023
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL
VISTOS, el Memorando N° 996-2023-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 035-2023-GESECI/MDSM emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, que establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, conforme lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades que establece que los gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobiernos, actos administrativos y administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el 28 de julio de 2023, se conmemora el 202° Aniversario de la Independencia del Perú;
Que, para celebrar este acontecimiento, el Gobierno Local debe incentivar y cultivar la participación de cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como el respeto, realce y exaltación de los Símbolos de la Patria;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento general de los inmuebles del Distrito San Miguel, a partir de la fecha de su publicación hasta el 31 de julio del 2023, con ocasión de conmemorarse el 202° Aniversario de la Independencia del Perú.
Artículo 2º.- RECOMENDAR a los vecinos del distrito de San Miguel, la limpieza y el embellecimiento de las fachadas de sus predios, como muestra de respeto a nuestro Aniversario Patrio.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y demás gerencias competentes, el cumplimiento y monitoreo del presente Decreto.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen Institucional y la Oficina de Participación Vecinal su difusión en general.
Artículo 4°.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe).
Regístrese, publíquese y cúmplase
EDUARDO BLESS CABREJAS
Alcalde
2195465-1