Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza 1081
ORDENANZA N° 2553
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen N° 023-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA N° 1081-MML
Artículo 1.- DECLARAR FAVORABLE el cambio específico de zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza 1081-MML, publicada el 7 de octubre de 2007 en el diario oficial “El Peruano”, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU) para el predio de 1,319.20 m2 ubicado en el pueblo joven Jesús Oropeza Chonta, Mz. Q, Lote 3, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; solicitado por la Dirección de Investigación Criminal – U.E. N° 026 de la Dirección Nacional de Investigación Criminal de Policía Nacional del Perú - Ministerio del Interior, a través del Expediente Nº 149379-2021, conforme a lo graficado en el anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho que, en el proceso administrativo de licencia de edificación, cumpla con lo establecido en la norma A.090 del Reglamento Nacional de Edificaciones, en relación con la dotación de estacionamientos dentro de los límites de propiedad.
Artículo 3.- ENCARGAR al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación de San Juan de Lurigancho, la modificación aprobada en el artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo 4.- DISPONER la notificación de la presente ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital.
Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido el Anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Lima, 23 de junio de 2023.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2194772-1