Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Cercado de Lima, aprobado por Ordenanza N° 893-MML

ORDENANZA N° 2550

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

POR CUANTO:

VISTOS: En sesión extraordinaria de la fecha; el Dictamen N° 014-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura;

En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA

EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO

DE CERCADO DE LIMA, APROBADO

POR ORDENANZA N° 893-MML

Artículo 1.- Aprobar la modificación del plano de zonificación del distrito de Cercado de Lima, aprobado mediante Ordenanza N° 893-MML, publicada el 27 de diciembre del 2005 en el diario oficial “El Peruano”, de Zonificación de Industria Liviana (I2) a Residencial de Densidad Alta (RDA) del predio de 1,046.75 m² ubicado en la Av. República de Venezuela N° 3189-3191 y Av. Santa Bernardita N° 14 de la Urbanización Palomino, distrito de Cercado de Lima, propiedad de la empresa SVC Inmobiliaria S.A.C.; asignando la zonificación Residencial de Densidad Media-RDM al resto de lotes ubicados con frente a la Av. Santa Bernardita y la Ca. Santa Francisca Romaña, acorde con la zonificación del entorno y consecuente con la sección vía local de 10 a 12 m de la Ca. Santa Francisca Romaña; de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ordenanza N° 2086-MML; conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Las actividades industriales formalmente localizadas, involucradas en el cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Residencial de Densidad Media (RDM), podrán continuar funcionando hasta que cesen sus actividades.

Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de Cercado de Lima, la modificación aprobada en el artículo primero de la presente ordenanza.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo cumpla en comunicar a la propietaria del predio, lo indicado en el artículo primero de la presente ordenanza.

Artículo 5.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo publicar la presente ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 9 de junio de 2023.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2194770-1