Conforman la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”

Resolución Ministerial

Nº 255-2023-EF/10

Lima, 10 de julio del 2023

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento eficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad;

Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas;

Que, la industria fílmica de nuestro país ha tenido crecimiento en los últimos años y ha demostrado ser una de las industrias con un gran potencial, siendo que títulos como “Asu Mare”, “Locos de Amor”, “La Foquita: El 10 de la Calle”, “Willaq Pirqa”, entre otras, han tenido éxito en la taquilla, por lo que demuestran la aceptación del público a la cinematografía desarrollada en nuestro país; habiéndose en el año 2022 roto un récord al estrenarse 71 largometrajes peruanos en diversas plataformas (cines comerciales, salas alternativas o internet);

Que, la industria cinematográfica tiene un potencial mayor que puede ser aprovechado si promocionamos a nuestro país como destino de locaciones fílmicas para producciones internacionales, pues de acuerdo a las experiencias de diversos países de la región que han tomado medidas para promocionarse como locaciones fílmicas, algunos de los principales impactos logrados están vinculados a la diversificación de la producción económica del país, colocando a las industrias creativas como un generador de ingresos económicos;

Que, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura en el Informe N° 348-2023-DAFO/MC, informa que países de la región que se han posicionado como destino de locaciones fílmicas han recibido beneficios, como por ejemplo, en Uruguay, donde por cada dólar que se invierte en una producción audiovisual, se genera un impacto en el resto de la economía de US$ 1,65 debido a los múltiples encadenamientos de este sector. Así tenemos que alrededor del 30% del presupuesto de producción se insume en gastos de hotelería, pasajes, transporte, catering y según el Instituto Nacional del Cine y el Audiovisual de Uruguay, el sector de la producción en 2021 exportó US$ 61 millones; esto quiere decir que hubo una generación del valor para el resto de la economía uruguaya de aproximadamente US$ 100 millones;

Que, desde el 2010 se han realizado diversos esfuerzos para lograr que el Perú sea un atractivo destino de locaciones fílmicas para producciones internacionales; sin embargo, estos esfuerzos han sido realizados de manera desarticulada y no han logrado la consecución de sus objetivos, persistiendo una problemática a superar, entre cuyos principales puntos se encuentran, la ausencia de una normativa de beneficios tributarios para la realización de proyectos cinematográfico y audiovisuales en el Perú, la falta de un procedimiento para la efectiva aplicación de la normativa que otorga Calidad Migratoria de Producción Artística, procedimientos engorrosos, heterogéneos y burocráticos para la obtención de permisos para el uso de espacios públicos para realizar filmaciones a nivel local y regional, falta de uniformidad de requisitos para el uso de áreas naturales protegidas o zonas restringidas, falta de claridad  en la aplicación de  la normativa sobre el cobro del pase intersindical a los diferentes profesionales extranjeros, cuyo contrato laboral es con una compañía extranjera, falta crear e institucionalizar  una Film Commission Peru (Comisión Fílmica Perú), en el marco del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual, mediante el cual señala que PROMPERÚ promueve el uso de locaciones del territorio nacional para la producción de obras cinematográficas y audiovisuales nacionales y extranjeras;

Que, a través del Oficio N° 097-2023-PROMPERÚ/GG, la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ puso en conocimiento de la Secretaría General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la necesidad de creación de la “Mesa Ejecutiva para la Promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, en el marco del Decreto de Urgencia N° 022-2019, que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual:

Que, la Dirección de Facilitación y Cultura Turística del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico en el Informe N° 0019-2023-MINCETUR/VMT/DGPDT/DFCT-DHR, señala que las producciones cinematográficas pueden mostrar los paisajes, la cultura, las atracciones y la infraestructura de un lugar de manera atractiva y persuasiva. Las películas y programas de televisión pueden convertirse en una poderosa herramienta de promoción turística, ya que llegan a audiencias globales y generan el interés de los espectadores en visitar los lugares donde se filmaron, pudiendo aprovechar este interés y trabajar en conjunto con el sector turismo para desarrollar rutas turísticas relacionadas con las películas, así como organizar eventos temáticos que atraigan a los cinéfilos;

Que, asimismo, en el Informe N° 0019-2023-MINCETUR/VMT/DGPDT/DFCT-DHR se indica que la industria cinematográfica atrae a productores y equipos de filmación que gastan dinero en alojamiento, alimentos, transporte, equipos y servicios locales durante su estancia, lo que contribuye significativamente a la economía local, generando ingresos directos e indirectos a través del turismo asociado. En ese sentido, considerando el potencial que representa para el incremento del flujo de llegadas y el aumento de divisas a través de la promoción de los destinos turísticos, y estando relacionado con lo establecido en el componente 1.3 (Demanda de nuevos mercados) del Plan Estratégico Nacional de Turismo (PENTUR), se considera positiva la propuesta de PROMPERÚ de crear una Mesa Ejecutiva específica para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas;

Que, en consecuencia, resulta necesario conformar la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, con la finalidad de fortalecer los motores de la economía, articular esfuerzos y contribuir al desarrollo del país; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Conformar la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, que tiene como objeto abordar, identificar, promover y proponer acciones que permitan que el Perú se convierta en un destino atractivo para las productoras internacionales, y que beneficien e incentiven a quienes tengan un interés en el Perú como destino de locaciones fílmicas, a fin de contribuir con el crecimiento económico.

Artículo 2.- Conformación

La “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, de naturaleza temporal, está conformada por el titular o un representante de:

a) El Ministerio de Economía y Finanzas.

b) El Ministerio de Cultura.

c) El Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

d) El Ministerio de Relaciones Exteriores.

e) El Ministerio del Interior.

f) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

g) La Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ.

h) La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

i) El Servicio Nacional de Áreas Naturales y Protegidas por el Estado – SERNANP.

j) La Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR.

k) La Asociación de Municipalidades del Perú – AMPE.

l) La Asociación de Productores Cinematográficos del Perú – APCP.

m) La Unión de Cineastas del Perú – UCP.

n) La Asociación de Empresas Cinematográficas del Perú – AEC Perú.

o) La Asociación de Autores de Fotografía Cinematográfica Peruanos – DPF.

Artículo 3.- Designación de los representantes

Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, acreditan a sus representantes, ante la Secretaría Técnica, en un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Compromiso y participación

Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, en aras del interés público.

Artículo 5.- Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas” está a cargo del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que se encargará de dirigir el funcionamiento y operación de la Mesa Ejecutiva.

Artículo 6.- Colaboración de profesionales

La “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas” contará con la colaboración de profesionales con experiencia o especialistas en temas de gestión e implementación de políticas públicas, y las demás materias que se aborden en el desarrollo de sus sesiones.

Artículo 7.- Participación de invitados

La “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, podrá invitar a participar de las reuniones o sesiones de la misma, a otros representantes o especialistas de entidades del sector público o privado, cuando se considere conveniente para abordar temas concretos o específicos.

Artículo 8.- Financiamiento

La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades e instituciones involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 9.- Instalación

La “Mesa Ejecutiva para la promoción del Perú como destino de locaciones fílmicas”, se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 10.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef).

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

MODIFICATORIA

Única.- Modificación de la Resolución Ministerial N° 176-2023-EF/10

Modifícase el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 176-2023-EF/10 que conforma la “Mesa Ejecutiva para la Optimización del Mecanismo de Obras por Impuestos”, el cual queda redactado en los términos siguientes:

“Artículo 4. Compromiso y participación

Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para la Optimización del Mecanismo de Obras por Impuestos”, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identificación de los problemas, dificultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad, en aras del interés público.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

DEROGATORIA

Única.- Derogación

Deróganse las Resoluciones Ministeriales N° 352-2017-EF/10 y N° 453-2018-EF/10.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

2194572-1