Aprueban el “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000266-2023-CE-PJ

Lima, 7 de julio del 2023

VISTO:

El Oficio N° 000833-2023-2023-CIJ-P-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, la Unidad de Flagrancia Delictiva, es un modelo que estructura a las entidades de justicia de manera articulada, a fin de dar respuesta inmediata, eficaz, eficiente y transparente a los delitos flagrantes que atentan contra la seguridad ciudadana; siguiendo el procedimiento regulado por el Decreto Legislativo N° 1194. Por ello, ante el incremento de la inseguridad ciudadana en el Perú, el Poder Judicial estableció que la mejor estrategia para combatirla es que las instituciones de justicia se encuentren unidas para la tramitación de los casos en flagrancia delictiva, y esto se puede lograr únicamente mediante las Unidades de Flagrancia Delictiva.

Segundo. Que, mediante Memorando N° 000785-2023-GP-GG-PJ, la Gerencia de Planificación remitió a la Gerencia General del Poder Judicial, el “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”, el cual contiene el análisis y propuesta técnica para implementar las Unidades de Flagrancia Delictiva en todos los distritos judiciales del Perú, considerando además la estimación presupuestal requerida para tal fin. Posteriormente, por Oficio N° 000028-2023-ST-CNF-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia, remite opinión técnica favorable respecto del “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”.

Tercero. Que, en ese contexto, el Gerente General del Poder Judicial mediante Oficio N° 000833-2023-2023-CIJ-P-PJ remite el Informe N° 000014-2023-GP-GG-PJ, elaborado por la Gerencia de Planificación, a través del cual recomienda la aprobación del “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”, y considera que se debe incorporar dentro de la demanda adicional al Presupuesto Multianual 2024 – 2026 del Poder Judicial.

Cuarto. Que, a fin de dar solución a la problemática de falta de despachos especializados de proceso inmediato en el Poder Judicial, Ministerio Público, Defensa Pública y Policía Nacional del Perú, el referido plan plantea la implementación de 34 Unidades de Flagrancia Delictiva para el año 2024 y 13 Unidades de Flagrancia Delictiva para el año 2025, que permitirá atender los procesos judiciales de hechos delictivos cometidos en flagrancia.

Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1104-2023 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de julio de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Implementación de Unidades de Flagrancia Delictiva”.

Artículo Segundo.- Establecer que la Gerencia General del Poder Judicial incorpore el referido plan en la demanda adicional al Presupuesto Multianual 2024 – 2026 del Poder Judicial.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación de las Unidades de Flagrancia; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2194292-1