Rectifican la Resolución Directoral
Nº 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR

DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 000001-2023-GRJ/GRDE/DREM/DR

La Oroya, 16 de enero de 2023

EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS

DE JUNÍN

VISTO:

El Informe Legal N° 03-2023-GRJ/GRDE/DREM/OAJ-LALCH, de fecha 17 de enero del 2023, escrito de fecha 04 de enero del 2023, presentado por el Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A. (EGEPSA), quien solicita la rectificación de error material y la inclusión de aprobación del contrato de concesión definitiva Nº 01-2023- GRJ/GRDE/DREM, de la Resolución Directoral N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, en el literal o) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín tenga la función de expedir Resoluciones Directorales en los asuntos de su competencia;

Que, Mediante solicitud indicada en la referencia, el administrado solicita la rectificación de la Resolución Directoral emitida N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, por el cual se resuelve; OTORGAR a favor de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A., la concesión definitiva para el desarrollo de la actividad de distribución de energía eléctrica III Etapa-EGEPSA, el error es referido a que no se incluyó la aprobación del contrato de concesión pertinente en la resolución directoral emitida Nº 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, debiendo de incluirse en la parte resolutiva, en el Artículo Segundo de la resolución materia de rectificación;

Que, en la presente Resolución Directoral emitida por esta Dirección Regional materia de rectificación, se visualiza en la parte Resolutiva, que no se incluyó la aprobación del contrato de concesión definitiva, solo se consignaron el otorgamiento de concesión definitiva y la autorización para la suscripción del contrato respectivamente;

Que, cabe referir lo establecido en el Art. 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, del Decreto Supremo Nº 009-93-EM, el mismo que expresa; La Resolución de otorgamiento de la concesión, deberá expedirse dentro del plazo señalado en el Artículo 28° de la Ley; designando al funcionario que debe intervenir en la celebración del Contrato a nombre del Estado y señalando el plazo para la aceptación de la misma por el peticionario, el cual no podrá ser mayor a diez (10) días calendario contados a partir de su notificación;

Que, el Numeral 212.1 del Art. 212° de la Ley 27444 – Ley General del Procedimiento Administrativo General, estipula que “Los errores materiales y aritméticos en actos administrativos pueden ser rectificados, con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”; siendo esto así, y en mérito al documento de visto, procede efectuar la rectificación e inclusión de la aprobación del contrato de concesión definitiva advertidos en la Resolución Directoral N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022;

Estando a lo expuesto y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” Ordenanza Regional N° 151-2012-GRJ/CR, “Reglamento de Organización y Funciones”; Ley Nº 27444, y demás normas vigentes, reglamentarias y complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- RECTIFICAR, la Resolución Directoral N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, e INCLUIR en la parte resolutiva, la aprobación del contrato de concesión definitiva para el desarrollo de la actividad de distribución de energía eléctrica III Etapa-EGEPSA Nº 01-2023-GRJ/GRDE/DREM, presentado por el Ing. WILFREDO SURICHAQUI ROJAS, Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A., en el que se observa:

El error material consignado en la Resolución Directoral Nº 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022, refiere;

DICE:

Artículo Primero.- Otorgar a favor de la Empresa Distribuidora Generadora…

Artículo Segundo.- Autorizar al Responsable de la Unidad Técnica de Electricidad ……….

Artículo Tercero.- Insertar el texto de la presente resolución ……

Artículo Quinto.- Disponer, la publicación……….

DEBE DECIR:

Artículo Primero.- Otorgar a favor de la Empresa Distribuidora Generadora y Comercializadora de Servicios Públicos de Electricidad Pangoa S.A.-EGEPSA, LA CONCESIÓN DEFINITIVA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA III ETAPA-EGEPSA, cuyas coordenadas UTM (WGS84) se encuentran señaladas en el Anexo adjunto a la presente Resolución Directoral, de acuerdo a las razones y fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.

Artículo Segundo.- Aprobar el contrato de Concesión Nº 01-2023-GRJ/GRDE/DREM a suscribirse con la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A. (EGEPSA).

Artículo Tercero.- Autorizar al Responsable de la Unidad Técnica de Electricidad a suscribir en representación del Estado, el contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo Cuarto.- Insertar el texto de la presente resolución en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo Quinto.- Disponer, la publicación de la presente Resolución Directoral por una (01) sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del titular, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo Segundo.- DEJAR a salvo los demás extremos de la Resolución Directoral N° 000394-2022-GRJ/GRDE/DREM/DR, de fecha 29 de diciembre del 2022.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral por una (01) sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del titular, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral al Gerente General de la Empresa Distribuidora y Generadora para la Comercialización de Servicio Público de Electricidad Pangoa S.A., para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

VILMA VILCAS MELCHOR

Directora Regional de Energía y Minas

2193998-2