ley Nº 31818

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DÍA NACIONAL

DEL DESEMBARCO DE LA EXPEDICIÓN LIBERTADORA EL 8 DE SETIEMBRE

DE CADA AÑO

Artículo único. Día Nacional del Desembarco de la Expedición Libertadora

Se declara el 8 de setiembre de cada año Día Nacional del Desembarco de la Expedición Libertadora, acaecido en el distrito de Paracas de la provincia de Pisco del departamento de Ica, para visibilizar, reconocer y valorar la importancia histórica del desembarco de la expedición libertadora en la gesta independentista del Perú.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Autoridades competentes

El Ministerio de Cultura, en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Gobierno Regional de Ica, la Municipalidad Provincial de Pisco y la Municipalidad Distrital de Paracas, priorizará las acciones pendientes, de acuerdo con sus competencias, para el cumplimiento de la presente ley.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de junio de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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