Ordenanza que deja sin efecto la Ordenanza N° 452-MDMM
ORDENANZA N° 176-2023-MDMM
Magdalena del Mar, 27 de junio de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MAGDALENA DEL MAR;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 79, numeral 3.6 de la mencionada Ley N° 27972 establece como función específica exclusiva que ejercen las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, entre otras, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalización de construcciones, remodelaciones o demoliciones de inmuebles y declaratorias de fábrica, en tanto que, el artículo 88 de la misma norma señala que corresponde a las municipalidades provinciales y distritales, dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común;
Que, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los regidores tienen la atribución de proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos; y al Concejo le corresponde aprobar, modificar o derogar ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, tal como se señala en el inciso 8, del artículo 9 de la referida ley.
Que, mediante Ordenanza N° 452-MDMM, publicada el 22 de febrero de 2011 en el diario oficial El Peruano, y su norma modificatoria, se reglamenta el uso de las azoteas en edificaciones unifamiliares, multifamiliares, de oficinas y comerciales, a fin de proveer su adecuación con usos compatibles y reglamentarios permisibles en el distrito de Magdalena del Mar, en efecto, dicha norma establece consideraciones generales para el uso de las azoteas, de uso común o privado, regulando los perímetros, alturas, dimensiones, retiros, entre otros aspectos;
Que, el regidor Johan Fritz Chávez Sifuentes, mediante pedido, solicita que se deje sin efecto la Ordenanza N° 452-MDMM.
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO
LA ORDENANZA N° 452-MDMM
Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza N° 452-MDMM, que Reglamenta el uso de las azoteas en el distrito de Magdalena del Mar, publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de febrero de 2011, y sus modificatorias.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición de igual o menor rango que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, así como a la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Oficina General de Tecnología de la Información su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
2192744-1