Aprueban modificación de los formatos de título de propiedad, gratuito u oneroso; y título de saneamiento de propiedad, para incorporar en el rubro de titulares la nacionalidad de la/s persona/s beneficiada/s con la titulación
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº D000091-2023-COFOPRI-DE
San Isidro, 3 de julio de 2023
VISTOS: el Memorándum Nº D000672-2023-COFOPRI-DFIND del 12 de mayo de 2023 de la Dirección de Formalización Individual, y los Informes Nº D000016-2023-COFOPRI-SCAL y D000078-2023-COFOPRI-SCAL del 27 de enero de 2023 y 10 de mayo de 2023 emitidos por la Subdirección de Calificación de la Dirección de Formalización Individual; el Memorándum Nº D000147-2023-COFOPRI-DND del 03 de mayo de 2023 emitido por la Dirección de Normalización y Desarrollo; y, el Informe Nº D000360-2023-COFOPRI-OAJ del 27 de junio de 2023, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, en adelante COFOPRI; conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos;
Que, según lo establecido en la Ley Nº 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos y sus respectivas modificaciones, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI asume, de manera excepcional, las funciones de ejecución del proceso de formalización a que se refiere el Título I de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos;
Que, la Dirección de Formalización Individual con Informe Nº D000016-2023-COFOPRI-SCAL y D000078-2023-COFOPRI-SCAL del 27 de enero de 2023 y 10 de mayo de 2023, respectivamente, emitidos por la Subdirección de Calificación; y, el memorando de Vistos, propone se gestione la modificación de los títulos de propiedad, gratuitos u onerosos, y títulos de saneamiento de propiedad a efectos de incorporar la nacionalidad de la/s persona/s beneficiadas con la titulación, información necesaria en caso que la titularidad recaiga en personas extranjeras;
Que, la Dirección de Normalización y Desarrollo a través del documento de vistos, planteó e informó sobre la propuesta formulada por la DFIND y SCAL, encontró conforme la propuesta y concluyo que resultaba procedente la aprobación de la mencionada modificación a los formatos;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante informe de vistos ha opinado favorablemente respecto a que, resulta legalmente viable aprobar la propuesta de modificación a los títulos de propiedad, gratuito u oneroso y título de saneamiento de propiedad para incorporar en el rubro de titulares la nacionalidad de la/s persona/s beneficiada/s con la titulación;
Que, el artículo 27 del Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2008-VIVIENDA; y la Quinta Disposición Final de mencionado Reglamento, establecen que la entidad formalizadora establecerá las características, contenido y el formato de las fichas de empadronamiento, de verificación, declaraciones juradas, instrumentos de formalización y demás que se requieran;
Que, el artículo 9 y el literal f) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, concordado con el tercer párrafo del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 803, modificado por la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923, ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos, dispone que el Director Ejecutivo de COFOPRI es la máxima autoridad de la entidad, quien tiene la función de emitir las resoluciones administrativas de su competencia;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nos 803, sus modificatorias y normas complementarias, la Ley Nº 28923 y modificatorias, la Ley Nº 31056, los Decretos Supremos Nº 013-99-MTC, Nº 025-2007-VIVIENDA y Nº 015-2008-VIVIENDA;
Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Normalización y Desarrollo, la Dirección de Formalización Individual, y la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de los formatos de título de propiedad, gratuito u oneroso; y título de saneamiento de propiedad, para incorporar en el rubro de titulares la nacionalidad de la/s persona/s beneficiada/s con la titulación.
Artículo 2.- Publicar el texto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA
Director Ejecutivo - COFOPRI
2192600-1