Modifican el Anexo Nº 2 “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales” y el Anexo Nº 3 “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobados mediante Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE

RESOLUCIÓN EJECUTIVA

000104-2023-ITP/DE

San Isidro, 27 de junio del 2023

VISTOS:

El Memorando 0043-2023-ITP/DEDFO y el Memorando 0110-2023- ITP/DEDFO de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 1737-2023-ITP/OPPM y el Memorando N° 2171-2023-ITP/OPPM de fecha 12 de abril de 2023 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 238-2023-ITP/OAJ de fecha 07 de junio de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades;

Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;

Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;

Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 047-2021-ITP/ DE, de fecha 01 de julio de 2021, se aprobó i) la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP”; ii) el documento denominado “Relación de Servicios Tecnológicos Aprobados en los Tarifarios Vigentes”, que como Anexo Nº 2 forma parte integrante de la mencionada Resolución (en adelante, Anexo Nº 02); y, iii) el documento denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, que como Anexo Nº 3 forma parte integrante de la mencionada Resolución (en adelante, Anexo N° 3);

Que, con Resolución Ejecutiva N° 100-2022-ITP/DE, se aprobó la versión N° 02 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP” (en adelante, Directiva de Esquemas Promocionales);

Que, el referido Anexo N° 02, “Relación de Servicios Tecnológicos Aprobados en los Tarifarios Vigentes”, se modificó mediante la Resolución Ejecutiva Nº 133-2021- ITP/DE, de fecha 30 de diciembre de 2021, siendo que entre otras modificaciones se varió su denominación a la de “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales”;

Que, asimismo, dicho Anexo N° 02, se modificó mediante Resolución Ejecutiva Nº 46-2022-ITP/DE, del 9 de abril de 2022, Resolución Ejecutiva Nº 72-2022-ITP/DE, del 9 de mayo de 2022 y Resolución Ejecutiva N° 00125-2022-ITP del 09 de agosto de 2022;

Que, el Anexo N° 3 “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, se modificó mediante Resolución Ejecutiva N° 127-2021-ITP/DE, Nº 47-2022-ITP/DE, Nº 73- 2022-ITP/DE, N° 126-2022-ITP/DE y N° 138-2022-ITP/DE; por lo que a la fecha contiene cuatrocientos cincuenta y ocho (458) servicios tecnológicos adicionales autorizados;

Que, mediante Memorando N° 0043-2023-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 0008-2023-ITP/MCC-DEDFO ambos de fecha 01 de febrero de 2023, y el Memorando N° 0110-2023-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe N° 0013-2023-ITP/MCC-DEDFO ambos de fecha 20 de marzo de 2023, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante la DEDFO) propone: (i) Gestionar la modificación del Anexo N° 02 “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales” y (ii) Gestionar la modificación del Anexo N° 03 “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, así como la aplicación de un periodo de vigencia menor a 12 meses para los servicios adicionales incorporados;

Que, mediante Memorando N° 1737-2023-ITP/OPPM de fecha 24 de marzo de 2023, sustentado en el Informe N° 0033-2023-ITP/MODERNIZACION de fecha 23 de marzo de 2023, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable para aprobar la modificación del Anexo Nº 02, en virtud de la aprobación o modificación de los Tarifarios del CITEpesquero, CITEproductivo Madre de Dios, CITEforestal Pucallpa, CITEtextil camélidos Puno y CITEtextil camélidos Cusco, el cual en adelante estaría compuesto por mil quinientos veintiséis (1 526) servicios tecnológicos, los cuales se encuentran contenidos en los tarifarios vigentes y a los que resultaría aplicable el régimen de incentivos de acuerdo con la Directiva de Esquemas, así como su registro en el Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO;

Que, asimismo, a través del citado Memorando N° 1737-2023-ITP/OPPM de fecha 24 de marzo de 2023, sustentado en el Informe N° 0033-2023-ITP/MODERNIZACION de fecha 23 de marzo de 2023 y el Memorando N° 2171-2023-ITP/OPPM de fecha 12 de abril de 2023, sustentado en el Informe N° 0039-2023-ITP/MODERNIZACION de fecha 11 de abril de 2023, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable para aprobar la modificación del Anexo N° 03, debido a incorporaciones o retiros de servicios adicionales propuestos por los CITE y la DEDFO, el cual en adelante estaría compuesto por cuatrocientos cincuenta y un (451) servicios tecnológicos adicionales, de los cuales cincuenta y cuatro (54) servicios adicionales incorporados tendrán como plazo máximo de vigencia hasta el 11 de setiembre 2023, y a los que resultaría aplicable el régimen de incentivos de acuerdo con la Directiva de Esquemas, así como su registro en el Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO;

Que, mediante Informe Nº 238-2023-ITP/OAJ de fecha 07 de junio de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó (i) Que corresponde la modificación del Anexo Nº 02, el cual estará conformado por los servicios contenidos en los tarifarios vigentes, a los cuales se les aplicará el régimen de incentivos, de acuerdo con la Directiva de Esquemas Promocionales y (ii) Que corresponde la modificación del Anexo Nº 03, el cual estará conformado por los servicios adicionales, a los cuales se les aplicará el régimen de incentivos, así como a la aplicación de un plazo de vigencia menor a doce (12) meses en concordancia con la Directiva de Esquemas Promocionales;

Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica en el informe referido en el párrafo anterior, señala que el literal a) del numeral 9.6 de la Directiva de Esquemas Promocionales establece que el acceso libre de costo en forma temporal para los servicios adicionales autorizados contenidos en el Anexo Nº 03, sea cual fuere su clasificación por nivel de complejidad tecnológica o naturaleza de intervención, incluso para aquellos que se aprueben con posterioridad a la publicación de la referida directiva, se considera con una eficacia anticipada desde el 01 de enero de 2021;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004- 2016- PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y el Decreto Supremo N.º 005- 2016-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el contenido del Anexo Nº 2 denominado “Relación de Servicios Tecnológicos contenidos en los tarifarios vigentes a los que resultan aplicable los Esquemas Promocionales”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE y modificatorias, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, la cual será publicada en el portal del ITP.

Artículo 2.- Modificar el contenido del Anexo Nº 3 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 047-2021-ITP/DE y modificatorias, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, el cual será publicado en el portal institucional del ITP y al cual le resulta aplicable la eficacia anticipada señalada en la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP”.

Artículo 3.- Disponer que los servicios adicionales con estado de incorporados, contenidos en el Anexo Nº 3 de la presente Resolución, tienen como fecha de vigencia hasta el 11 de setiembre de 2023 para ser prestados en aplicación del régimen de incentivos dispuesto por la Directiva de Esquemas Promocionales.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información en aplicación de los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP - SSIPRO.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO RODRÍGUEZ SORIA

Director Ejecutivo

Instituto Tecnológico de la Producción

2192107-1