Aprueban Formatos y Especificaciones Técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 801-2023-MTC/01
Lima, 27 de junio de 2023
VISTOS: El Informe N° 0373-2023-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y el Informe N° 0739-2023-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre (en adelante, la Ley Nº 27181), el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre;
Que, el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley Nº 27181 dispone que todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República debe contar con una póliza de seguros vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o Certificados contra Accidentes de Tránsito, que contengan términos equivalentes, condiciones semejantes o mayores coberturas ofertadas que el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito vigente;
Que, por el Decreto Supremo N° 024-2002-MTC se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito (en adelante, el TUO del Reglamento), el cual establece las disposiciones relacionadas con la determinación de la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito terrestre, así como, el régimen y características del Seguro Obligatorio por Accidentes de Tránsito, en el marco de la Ley N° 27181;
Que, el artículo 3 del TUO del Reglamento dispone que la contratación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito debe constar en un Certificado SOAT físico o Certificado SOAT electrónico, que acredite la contratación de dicho Seguro, cuyos formatos y contenidos son aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a lo señalado en el artículo 21 del referido TUO;
Que, en ese sentido, corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobar periódicamente, mediante Resolución Ministerial, los Formatos y especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT;
Que, por Resolución Ministerial N° 536-2022-MTC/01 se aprueba el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, así como, el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del referido Certificado, para el periodo comprendido desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2023, conforme se detallan en los Anexos N°s 1 y 2, que forman parte integrante de la citada Resolución Ministerial;
Que, mediante el Oficio N° 25067-2023-SBS la Superintendencia Adjunta de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, señala que, habiendo evaluado la propuesta de especificaciones técnicas y Holograma de seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, remitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, no encuentra objeción a la misma;
Que, a través del Informe N° 0739-2023-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se sustenta y propone la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, así como el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del referido Certificado, para el período comprendido de 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024, de conformidad con lo establecido en el TUO del Reglamento;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar los Formatos y las especificaciones técnicas del Certificado y del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de
2024;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2002-MTC; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del Formato y las Especificaciones Técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT
Aprobar el formato y las especificaciones técnicas del Certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, conforme a lo establecido en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Aprobación del Formato y las Especificaciones Técnicas del Holograma de Seguridad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT
Aprobar el formato y las especificaciones técnicas del Holograma de Seguridad a ser utilizado en el anverso del Certificado del Seguro Obligatorio de Tránsito - SOAT, para el período comprendido desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024, conforme a lo establecido en el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO
Ministra de Transportes y Comunicaciones
2191718-1