Disponen la publicación del “Proyecto de ordenanza que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito de Surquillo”, en el Portal Institucional de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 237-2023-MDS
Lima, 16 de junio de 2023
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO
VISTO:
El Informe N° 028-2023/GPMA-MDS y Memorándum N° 009-2023/GSCMA-MDS de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente; los Informes N° 017-2023-SLPGA-GSCMA-MDS y N° 064-2023-SGLP-GPMA-MDS de la Subgerencia de Limpieza Pública (actualmente denominada Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión Ambiental - Ord. N° 528-2023-MDS); el Informe N° 40-2023-MDS-GPPCI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional (actualmente denominada Gerencia de Planeamiento y Presupuesto - Ord. N° 528-2023-MDS); los Memorandos N° 25-2023-MDS-GFC y N° 10-2023-MDS-GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control; el Informe N° 05-2023-MDS-GFC-SOF de la Subgerencia de Operaciones de Fiscalización; el Informe N° 232-2023-MDS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Surquillo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, de acuerdo al artículo X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, y conforme al numeral 4.1, Item 4, del artículo 80, una de las funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales en materia de saneamiento, salubridad y salud es la de administrar y reglamentar, directamente o por concesión el tratamiento de residuos sólidos;
Que, la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, en el numeral 119.1 del artículo 119 dispone que la gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presenten características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que tiene por objeto, entre otros puntos; establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos descritos en el citado Decreto Legislativo;
Que, el literal c) del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1278 dispone que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para normar, en su jurisdicción, el manejo de los servicios de residuos sólidos bajo su competencia, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional;
Que, la propuesta de ordenanza municipal que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito de Surquillo tiene por objetivo establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada;
Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulan asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de la publicación del proyecto, al que refiere la norma, deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles;
Que, mediante Informe N° 028-2023/GPMA-MDS de fecha 20 de abril de 2023, la Gerencia de Protección del Medio Ambiente (actualmente denominada Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente - Ord. N° 528-2023-MDS) hace suyo el contenido del Informe N° 064-2023-SGLP-GPMA-MDS elaborado por la Subgerencia de Limpieza Pública (actualmente denominada Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión Ambiental - Ord. N° 528-2023-MDS), quien remite el proyecto de ordenanza municipal que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito de Surquillo que tiene por objeto reglamentar la gestión integral de los residuos sólidos, con la finalidad de realizar una gestión ambiental y sanitariamente adecuada de los residuos en la jurisdicción de la municipalidad;
Que, con Informe N° 40-2023-MDS-GPPCI de fecha 03 de mayo de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional (actualmente denominada Gerencia de Planeamiento y Presupuesto - Ord. N° 528-2023-MDS) indica que la propuesta de la Ordenanza que regula la gestión integral de los residuos sólidos, está debidamente articulada a las competencias y funciones establecidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, a través del Memorando N° 10-2023-MDS-GFC de fecha 09 de junio de 2023, la Gerencia de Fiscalización y Control emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito de Surquillo;
Que, mediante el Informe Nº 232-2023-MDS-OGAJ de fecha 14 de junio de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta normativa se encuentra alineada al marco legal y que es necesario prepublicar el proyecto de ordenanza, en cumplimiento del artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM;
Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, y artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del “Proyecto de ordenanza que regula la gestión integral de los residuos sólidos en el distrito de Surquillo” en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo por el plazo de diez (10) días hábiles, el mismo día de la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Establecer que la recepción de los aportes, comentarios y/o sugerencias se realizará de acuerdo con los mecanismos de participación siguientes:
2.1 Aportes por escrito: Los interesados deberán remitir sus aportes a Jr. Manuel Irribarren N° 155-Surquillo (Municipalidad Distrital de Surquillo)
2.2 Aportes en línea: Los interesados deberán remitir sus aportes al siguiente correo electrónico, kw.cardenas@munisurquillo.gob.pe
La recepción de los aportes mediante los mecanismos señalados en los numerales 2.1 y 2.2 se efectuará por un plazo de diez (10) días hábiles computados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Secretaría del Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina General de Gobierno Electrónico y Digital la publicación de la presente resolución y el proyecto de Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisurquillo.gob.pe) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ
Alcaldesa
2190398-1