Conforman el “Grupo Especial” y los “Equipos Técnicos” encargados de elaborar un informe que contenga las propuestas destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú
Resolución Ministerial
Nº 0780-2023-IN
Lima, 24 de junio de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él; asimismo, el numeral 7 del párrafo 5.1 del artículo 5 de la norma precitada dispone que el Ministerio del Interior tiene, entre sus funciones rectoras, supervisar y evaluar el funcionamiento de la Policía Nacional del Perú;
Que, el artículo II del Título Preliminar del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que la Policía Nacional del Perú es una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, es profesional, técnica, jerarquizada, no deliberante, disciplinada y subordinada al poder constitucional; sus integrantes se deben al cumplimiento de la Ley, el orden y la seguridad en toda la República. Participa en el sistema de defensa nacional, defensa civil, desarrollo económico y social del país;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, que incluye en el Eje 6: Lucha contra la corrupción, orden público y seguridad, y defensa de la soberanía nacional, el lineamiento 6.6 destinado a fortalecer la capacidad operativa de la Policía Nacional del Perú para una mejor prestación de servicios al ciudadano;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0104-2021-IN, se aprueban las “Bases para el Fortalecimiento y la Modernización de la Policía Nacional del Perú”, documento que plasma la urgencia de fortalecer y modernizar a la Policía Nacional del Perú, a fin de que cumpla eficazmente con su mandato constitucional para garantizar el orden interno y la seguridad de la ciudadanía, en un marco de integridad, respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho;
Que, uno de los aspectos prioritarios para el Sector Interior es el fortalecimiento de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de destinar esfuerzos a revalorizar la función policial sobre la base de los criterios de calidad e integralidad de los servicios policiales, que garanticen su acercamiento a la ciudadanía, presencia territorial y uso de tecnologías para brindar servicios policiales de excelencia;
Que, bajo dicho contexto, resulta pertinente conformar un Grupo Especial encargado de elaborar un informe que contenga las propuestas destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú; para dichos efectos, además se dispone la conformación de Equipos Técnicos encargados de identificar, formular y presentar al Grupo Especial, propuestas de políticas, planes, programas, propuestas normativas, medidas y acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú;
Con los visados del Despacho Viceministerial de Orden Interno, del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Secretaría General, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Conformación de Grupo Especial y Equipos Técnicos
Conformar el “Grupo Especial” y los “Equipos Técnicos” encargados de la presentación de propuestas de políticas, planes, programas, propuestas normativas, medidas y acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 2. Objeto del Grupo Especial
El Grupo Especial tiene como objeto de elaborar las propuestas de políticas, planes, programas, propuestas normativas, medidas y acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 3. Integrantes y funciones del Grupo Especial
3.1. El Grupo Especial está conformado por:
a) El/la Jefe/a de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior, quien lo preside,
b) El/la Viceministro/a de Orden Interno del Ministerio del Interior,
c) El/la Viceministro/a de Seguridad Pública del Ministerio del Interior,
d) El/la Secretario/a General del Ministerio del Interior,
e) El/la Director/a General de la Oficina General de Integridad Institucional del Ministerio del Interior,
f) El/la Presidente/a del Tribunal de Disciplina Policial,
g) El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior,
h) El/la Director/a General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior,
i) El Comandante General de la Policía Nacional del Perú,
j) El/la Jefe/a del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú,
k) El/la Secretario/a Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
l) El/la Inspector/a General de la Policía Nacional del Perú,
m) El/la Jefe/a del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú,
n) El/la Director/a de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial,
o) El/la Director/a de la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú,
p) El/la Director/a de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de la Policía Nacional del Perú,
q) El/la Director/a de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú,
r) El/la Director/a de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú.
3.2 El Grupo Especial tiene las siguientes funciones:
a) Revisar y validar las propuestas destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú.
b) Integrar las propuestas antes mencionadas en un informe final y elevarlo al titular de la entidad.
c) Monitorear el avance de los equipos técnicos.
d) Coadyuvar en la precisión, mejora y/o articulación de las propuestas presentadas por los equipos técnicos.
e) Solicitar información y documentación a los órganos e instituciones competentes para el cumplimiento de sus funciones.
f) Realizar las coordinaciones y acciones necesarias para cumplir con sus funciones.
Artículo 4. Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica del Grupo Especial está a cargo del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, el cual asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones; reporta periódicamente a la Presidencia; y es responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere.
Artículo 5. Integrantes y funciones de los Equipos técnicos
5.1. Los equipos técnicos están organizados de la siguiente manera:
a) Fortalecimiento institucional
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú.
b) Profesionalización y carrera policial
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial,
• Un/a representante de Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú.
c) Bienestar y apoyo al policía
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Bienestar y Apoyo al Policía de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Bienestar, Asistencia Social y Servicios Educativos de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Pensiones,
• Un/a representante de Fondos de Seguro,
• Un/a representante del Fondo de Vivienda Policial,
• Un/a representante del Fondo de Apoyo Funerario.
d) Disciplina, lucha contra la corrupción y transparencia
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Oficina General de Integridad Institucional del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Tribunal de Disciplina Policial,
• Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección contra la Corrupción de la Policía Nacional del Perú.
e) Prevención policial para hacer posible la convivencia pacífica
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Dirección de Seguridad Ciudadana de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de una Macro Región Policial,
• Un/a representante de una Región Policial,
• Un/a representante de una Comisaría.
f) Operatividad policial para la lucha frontal contra la delincuencia
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Dirección Nacional de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de una Macro Región Policial,
• Un/a representante de una Región Policial,
• Un/a representante de una Comisaría.
g) Infraestructura y equipamiento apropiado para el ejercicio de la función policial
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Oficina General de Infraestructura del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Aviación Policial de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Logística de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Infraestructura de la Policía Nacional del Perú.
h) Tecnologías de la información y comunicaciones para el Gobierno Policial Electrónico
• Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior,
• Un/a representante de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior,
• Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú, quien lo preside,
• Un/a representante de la División de Informática de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Telecomunicaciones de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la División de Estadística de la Policía Nacional del Perú,
• Un/a representante de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú.
5.2. Los representantes de la Macro Región Policial, de la Región Policial y de la Comisaría señalados en los literales e) y f) del numeral 5.1 del presente artículo son designados por el Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional del Perú.
5.3. Los equipos técnicos tienen las siguientes funciones:
a) Identificar, formular y presentar propuestas de políticas, planes, programas, propuestas normativas, medidas y acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú.
b) Reportar periódicamente los avances al Grupo Especial.
c) Formalizar a sus integrantes mediante comunicación escrita dirigida al Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
d) Solicitar información y documentación a los órganos e instituciones competentes para el cumplimiento de sus funciones.
e) Realizar las coordinaciones y acciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
f) Otras encomendadas por el Grupo Especial o que contribuyan al cumplimiento de sus funciones.
5.4. Los Equipos Técnicos señalados en los literales c) y h) del numeral 5.1 del presente artículo, para el desarrollo de sus funciones, consideran los informes trabajados por los Grupos de Trabajo creados mediante Resoluciones Ministeriales Nº 0591-2023-IN y Nº 0644-2023-IN, respectivamente.
Artículo 6. Instalación del Grupo Especial y Equipos Técnicos
El Grupo Especial se instala en el plazo máximo de tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución; y los equipos técnicos, previa designación del representante de las unidades de organización por su titular, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles posteriores a la instalación del Grupo Especial.
Artículo 7. Colaboración, asesoramiento y apoyo
El Grupo Especial puede invitar a representantes de otras entidades públicas, así como a especialistas de instituciones privadas y de la sociedad civil, a fin de que brinden su colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aportes, para el cumplimiento de sus funciones, siempre que los temas a tratar estén relacionados con las competencias o funciones de las entidades y/o instituciones invitadas.
Artículo 8. Periodo de vigencia
El Grupo Especial tiene una vigencia de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, el cual puede ser ampliado previo informe del Grupo Especial. Al término de dicho plazo, se presenta al titular de la entidad el informe final que integra las propuestas de políticas, planes, programas, propuestas normativas, medidas y acciones destinadas a consolidar el proceso de fortalecimiento y modernización de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 9. Financiamiento
El cumplimiento de las actividades del Grupo Especial se realiza con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 10. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Vicente Romero Fernández
Ministro del Interior
2190385-1