Ordenanza que aprueba la creación del Sistema Regional de Conservación del departamento de Junín (SIREC-Junín)

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

N° 371-GRJ/CR

El Consejo Regional del Gobierno Regional Junín;

VISTO:

Dictamen N°001-2023-GRJ-CPRNyMA, de fecha 19.04.2023 formulado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente:

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2º y 3º de la Ley Nº 27867- “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias”, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a la Ley; 

Que, el Inciso a) Artículo 15 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Asimismo, en su artículo 38, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materiales de su competencia”;

Que, son funciones específicas de los Gobiernos Regionales, en materia ambiental, “implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales”, proponer la creación de las áreas de conservación regional y local en el marco del Sistema Regional de Conservación

Que, los Gobiernos Regionales implementan el Sistema Regional de Gestión Ambiental en coordinación con las comisiones regionales ambientales, conforme el artículo 22.2 de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, cuyo artículo 10 de su Reglamento en el Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, establece en su párrafo segundo que los Gobiernos Regionales son autoridades ambientales y como tal ejercen sus atributos y funciones ambientales en concordancia con la Política Nacional Ambiental.

Que, la administración de las Áreas Naturales Protegidas en el Departamento de Junín se encuentra a cargo del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado SERNANP, de conformidad con lo previsto por el Decreto Legislativo N° 1013 y el Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas- SERNANP.

Que mediante el Informe N° 143-2023-SERNANP-DDE, Órgano Adscrito al Ministerio del Ambiente - MINAM emite opinión a la propuesta de creación del Sistema Regional de Conservación de Junín

Que, la Sub Gerencia de Recursos Naturales de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, mediante Informe Técnico N°005-2022-GRJ-GRRNGMA/SGRNMA, refiere que la propuesta de creación del Sistema Regional de Conservación de Junín, “busca articular las diferentes modalidades de conservación de la diversidad biológica existentes en Junín, y asegurar la sostenibilidad de éstas en el tiempo”, por lo que, opina favorablemente al respecto;

La Oficina Regional de Asesoría Jurídica, opina que resulta factible la aprobación de la propuesta, para la creación del referido Sistema Regional de Conservación de Junín, debiendo considerar además las funciones y atribuciones de dicho ente con sujeción a la normatividad vigente;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y con el Dictamen N°001-2023-GRJ-CPRNyMA, en concordancia con su Reglamento Interno, el Consejo Regional Junín ha aprobado por UNANIMIDAD la siguiente:

“ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE CONSERVACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN” (SIREC-JUNÍN)

Artículo Primero.- APROBAR, la creación del Sistema Regional de Conservación de Junín denominado por sus siglas (SIREC-Junín), el cual consta de seis (06) Capítulos, veinticuatro (24) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposición Complementaria Derogatoria y un (01) Anexo, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente (GRRNGA), la implementación de la presente norma, en coordinación con la Comisión Ambiental Regional de Junín (CAR-Junín), y las entidades públicas involucradas en la presenten norma, conforme a sus responsabilidades y presupuesto respectivo.

Artículo Tercero.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano” y será difundida en su integralidad a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Junín.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial “El Peruano” y en la página web del Gobierno Regional de Junín.

Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 21 días del mes de abril del año 2023.

KELY FLORES MAS

Consejera Delegada

Consejo Regional

POR LO TANTO:

Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 27 días del mes de abril del 2023.

ZÓSIMO CARDENAS MUJE

Gobernador Regional

2189556-1