Aprueban el Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el año 2023
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 180-2023-MINCETUR
Lima, 20 de junio de 2023
VISTOS, el Memorándum Nº 002-2023-MINCETUR/VMT/DGET/CEFPDTN de la Dirección General de Estrategia Turística (DGET), en su calidad de Secretario Ad-hoc del Comité Especial del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley N° 27889; el Informe Técnico Nº 000048-2023-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo Interno y el Informe Nº 000057-2023-PROMPERU/GG-OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; el Informe N° 0013-2023-MINCETUR/VMT/DGET-OGP de la Dirección General de Estrategia Turística; el Informe N° 0214-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto y el Memorándum Nº 671-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y el Memorándum Nº 833-2023-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 27889 se crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional (en adelante, el Fondo), para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional;
Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 de la referida Ley N° 27889, la administración de los recursos del Fondo está a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) y cuenta con un Comité Especial, encargado de proponer a dicho Ministerio el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, el cual es aprobado mediante Resolución Ministerial;
Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 6 del Reglamento de la Ley N° 27889, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2003-MINCETUR y sus modificatorias, el Comité Especial elabora la propuesta del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, y propone al MINCETUR las modificaciones que correspondan al citado Plan, para el adecuado cumplimiento de los fines del Fondo;
Que, según consta en el Acta de la Sesión Extraordinaria N° 01-2023 de fecha 5 de junio de 2023, el Comité Especial del Fondo aprobó la propuesta del Plan Anual de Promoción Turístico Nacional del año 2023, a cargo de PROMPERÚ, por el monto total de S/ 124 629 133,00 soles (Ciento Veinticuatro Millones Seiscientos Veintinueve Mil Ciento Treinta y Tres con 00/100 Soles);
Que, mediante los documentos de Vistos, el Viceministerio de Turismo, la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo y la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo en su calidad de órganos competentes del MINCETUR, otorgan su viabilidad a la aprobación del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2023, propuesto por el Comité Especial a que se refiere la Ley N° 27889;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27889; y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el año 2023 por el monto total de S/ 124 629 133,00 soles (Ciento Veinticuatro Millones Seiscientos Veintinueve Mil Ciento Treinta y Tres con 00/100 Soles), cuyas actividades se encuentran a cargo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y se detallan en el Anexo Nº 1, el cual forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Articulo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2189538-1