Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Resolución Ministerial

N° 312-2023-VIVIENDA

Lima, 20 de junio de 2023

VISTOS:

La Nota N° 048-2023-VIVIENDA-SG/OILCC de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción (OILCC); el Memorándum N° 1032-2023-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP); el Informe N° 594-2023-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y,

CONSIDERANDO:

Que, con el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y, garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local con la participación activa de la ciudadanía;

Que, los objetivos específicos 2.3 y 2.4 del Eje 2: “Identificación y Gestión de Riesgos” de la citada Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establecen como estrategias garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo específico, implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción;

Que, a través del Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, Decreto Supremo que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, se establecen medidas en materia de integridad pública con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno;

Que, conforme a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, el Modelo de Integridad para las entidades del sector público, previsto en la Tabla N° 11 del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, aprobado por el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, mantiene su vigencia hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; siendo que dicho modelo de Integridad contempla como componente la gestión de riesgos, lo cual supone identificar los procesos más vulnerables a los delitos contra la administración pública y a otras prácticas cuestionables contrarias a la ética;

Que, el referido Modelo de Integridad para las entidades del sector público, recoge entre su normativa de sustento, a la Norma Técnica Peruana NTP ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, la cual es una adopción de la versión en inglés de la Norma Internacional ISO 37001:2016 “Anti-bribery management systems - Requirements with guidance for use;

Que, con la Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana: NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, la cual, en los literales a) y b) del subnumeral 5.1.1 del numeral 5.1 de su Capítulo 5, establece que el órgano de gobierno debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno a través de la aprobación de la política antisoborno, asegurando que la estrategia de la organización y dicha política se encuentren alineadas;

Que, asimismo, el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 y el subnumeral 5.3.2 del numeral 5.3 del Capítulo 5 de la citada NTP-ISO 37001:2017, señalan que la alta dirección debe demostrar liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno, asegurándose que se aborden adecuadamente los riegos de soborno de la organización; así como, debe asignar a la(s) persona(s) que tiene(n) la competencia, la posición, autoridad e independencia apropiada para ejecutar la función de cumplimiento de la política antisoborno de la organización;

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) obtiene el Certificado N° ER-0061-21-AS del Sistema de Gestión Antisoborno, basado en la Norma Internacional ISO 37001:2016;

Que, mediante la Directiva N° 002-2021-PCM/SIP “Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público”, aprobada por la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 002-2021-PCM/SIP, se desarrolla el componente “Gestión de riesgos que afecten la integridad pública” a través de la ejecución de los subcomponentes: i) identificación, evaluación y mitigación de los procesos o actividades que generen riesgos que afecten la integridad pública; y, ii) mapa de riesgos y controles;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 091-2022-VIVIENDA, se aprueba la Política Antisoborno del MVCS y se designa al/a la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción como responsable del cumplimiento de la misma;

Que, en el subnumeral 6.1.3 del numeral 6.1 de la “Guía para la gestión de riesgos que afectan la integridad pública”, aprobada por la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2023-PCM/SIP, uno de los posibles comportamientos irregulares comúnmente asociados a prácticas que afectan la integridad pública, es el referido al “Acceso a ventajas indebidas (incluye soborno)”, por el cual, el servidor propicia, solicita o acepta alguna ventaja o beneficio indebido (dinero, regalos, donaciones a título personal, bienes, incentivos, cortesías o favores);

Que, los literales d) y k) del artículo 24-A del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establecen que la OILCC tiene como función promover y realizar actividades vinculadas al fomento de la ética, transparencia y lucha contra la corrupción; así como, elaborar y proponer, a la Alta Dirección, normas relacionadas a las materias de su competencia;

Que, mediante la Nota N° 048-2023-VIVIENDA-SG/OILCC, sustentada en el Informe N° 014-2023-VIVIENDA-SG/OILCC/bbarletti, la OILCC señala que corresponde la actualización de la política antisoborno, a fin de reafirmar el liderazgo y compromiso del órgano de gobierno respecto del Sistema de Gestión Antisoborno; designar al/a la responsable del cumplimiento de la Política Antisoborno y, asignar la función de cumplimiento antisoborno;

Que, con el Memorándum N° 1032-2023-VIVIENDA/OGPP, la OGPP hace suyo el Informe N° 169-2023-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual se emite opinión favorable a la propuesta de la nueva Política Antisoborno del MVCS; asimismo, señala que dicha propuesta ha seguido en el desarrollo de su contenido, las orientaciones previstas en el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y en la Norma Técnica Peruana: NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”;

Que, a través del Informe N° 594-2023-VIVIENDA/OGAJ, la OGAJ opina de manera favorable para que se expida una Resolución Ministerial que apruebe la propuesta de nueva Política Antisoborno del MVCS;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar la nueva Política Antisoborno del MVCS propuesta por la OILCC; así como, derogar la Resolución Ministerial N° 091-2022-VIVIENDA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Designación de responsable y asignación de función de cumplimiento

Designar al/a la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción como responsable del cumplimiento de la Política Antisoborno aprobada en el artículo 1 precedente, a quien se le asigna la función de cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Artículo 3.- Adecuación

Disponer que los documentos de gestión, procedimientos y demás instrumentos relacionados al Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se adecúen, en lo que corresponda y en forma progresiva, a la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 091-2022-
VIVIENDA.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA

Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

2189169-1