Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile
Resolución suprema
N° 092-2023-RE
Lima, 20 de junio de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 069-2020-RE, de 17 de julio de 2020, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0492-2020-RE, se fijó el 1 de setiembre de 2020, como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Chile.
Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 4.- Darle las gracias, por los importantes servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.
Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ANA CECILIA GERVASI DÍAZ
Ministra de Relaciones Exteriores
2189167-5