Designan administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles

Resolución de Dirección Ejecutiva

Nº 135-2023-JUS/PRONACEJ

Lima, 20 de junio de 2023

VISTOS: El Informe Nº 00192 -2023-JUS/PRONACEJ-UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 209-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 1 de febrero de 2019, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en conflicto con la ley penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros Juveniles, a nivel nacional;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0247-2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ);

Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de planificar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;

Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “administrador II del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima” tiene la clasificación de empleado de confianza (EC);

Que, es preciso mencionar que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS, de fecha 15 de noviembre de 2022, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ, en el cual se establece que los “centros juveniles de medio cerrado” cambiaron de denominación a “centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación”; por lo que, en equivalencia a la denominación de la unidad desconcentrada, corresponde realizar la designación con la nueva denominación;

Que, mediante la Carta Nº s/n, de fecha 20 de junio 2023, el señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña formuló su renuncia voluntaria al cargo de confianza de administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles;

Que, se encuentra vacante el puesto de confianza de administrador/a II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles; por lo que resulta necesario designar a el/la servidor/a que asuma tal cargo;

Que, al respecto, mediante el Informe Nº 00192 -2023-JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 20 de junio de 2023, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos comunica a la Dirección Ejecutiva el cumplimiento del perfil de puesto del señor Alfredo Javier Rodríguez Antezana para el cargo de administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles;

Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 00209-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 20 de marzo de 2023, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la designación propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que resulta viable que la Dirección Ejecutiva emita el acto resolutivo mediante el cual se resuelva designar al señor Alfredo Javier Rodríguez Antezana en el puesto de confianza de administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confianza”;

Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación y la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0247-2021-JUS y la Resolución Ministerial Nº 0160-2023-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña al cargo de confianza de administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al señor Alfredo Javier Rodríguez Antezana en el cargo de confianza de administrador II del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación Lima del Programa Nacional de Centros Juveniles.

Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos proceda con la notificación de la presente resolución a las áreas pertinentes y a los servidores citados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO

Director Ejecutivo

Programa Nacional de Centros Juveniles

2189156-1