Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000128-2023/SUNAT
AUTORIZA TRANSFERENCIA FINANCIERA
A FAVOR DEL PLIEGO CONTRALORÍA GENERAL
DE LA REPÚBLICA
Lima, 15 de junio de 2023
VISTO:
El Oficio Nº 000560-2023-CG/GAD, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, mediante el cual solicita, entre otros, la transferencia financiera de la retribución económica por los períodos 2023 y 2024, para la designación de una sociedad de auditoría, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000280-2022/SUNAT, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para el Año Fiscal 2023;
Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, adicionalmente, el mencionado artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y que dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, mediante el Oficio Nº 000560-2023-CG/GAD, la Contraloría General de la República, entre otros, solicita a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, la transferencia financiera de la retribución económica por los períodos 2023 y 2024, para la designación de una sociedad de auditoría mediante Concurso Público de Méritos, estableciendo una retribución económica (incluye IGV) del período 2023, por la suma de S/ 880 252,00 (ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta y dos y 00/100 soles);
Que, la División de Presupuesto de la Gerencia de Presupuesto y Formulación de Inversiones de la Intendencia Nacional de Formulación de Inversiones y Finanzas, mediante el Informe Nº 000064-2023-SUNAT/8H2100, señala que se cuenta con los recursos disponibles para efectuar la transferencia financiera correspondiente a la auditoría financiera gubernamental del periodo 2023, la misma que será financiada con cargo al Presupuesto Institucional 2023, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;
En uso de las facultades conferidas en el inciso m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional - DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de transferencia financiera
Autorizar la transferencia financiera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por el importe de S/ 880 252,00 (Ochocientos ochenta mil doscientos cincuenta y dos y 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del pliego 019: Contraloría General de la República para financiar la contratación de una sociedad de auditoría correspondiente al período 2023.
Artículo 2.- Limitación al uso de recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada, referida en el artículo precedente, deberán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad receptora de los fondos, sólo para los fines para los cuales se autoriza esta transferencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO
Superintendente Nacional
2187493-1