Decreto Supremo que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Reserva de Contingencia y del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP)

DECRETO SUPREMO

Nº 120-2023-EF

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, lo que comprende los recursos que se autoricen mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional o en el nivel funcional programático mediante una norma con rango de ley y los recursos que se asignen o transfieran para el financiamiento de los fines de los Fondos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; para tal fin, se exceptúa a las entidades del Gobierno Nacional, a los gobiernos regionales y a los gobiernos locales de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440;

Que, el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de las entidades del Gobierno Nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el numeral 1 de la citada Disposición Complementaria Final, transferidos a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión pública y los gastos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440. Las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo, a solicitud del Ministro del sector correspondiente y es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por los Ministros de los sectores solicitantes;

Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante el Oficio Nº 00457-2023-MINAM/DM, complementado mediante los Oficios Nº 00344-2023-MINAM/SG y Nº 00158-2023-MINAM/SG/OGPP, el Ministerio del Ambiente solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del numeral 1 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; así como, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas para financiar inversiones asociadas a la reactivación económica; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº 00162-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI y Nº 00182-2023-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, con los sustentos correspondientes;

Que, mediante Memorando Nº 0246-2023-EF/63.04, complementado con el Memorando Nº 0272 -2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión respecto a las inversiones propuestas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, señalando que las tres (03) inversiones no presentan comentarios en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, encontrándose aprobadas, activas e incluidas en el PMI (2023-2025);

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), hasta por la suma de S/ 14 263 123,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 4 650 867,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP); en el marco de lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para los fines señalados en los considerados precedentes;

De conformidad con lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

DECRETA:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 14 263 123,00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en el marco de lo dispuesto en el numeral 1 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 051 : Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración – OEFA

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0144 : Conservación y uso sostenible de ecosistemas para la provisión de servicios ecosistemicos

PROYECTO 2281508 : Mejoramiento, ampliación del servicio de control de la calidad ambiental a nivel nacional

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 7 860 277,00

PROYECTO 2322180 : Gestión del programa y otros: mejoramiento y ampliación de los servicios de calidad ambiental a nivel nacional.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 500 000,00

PROYECTO 2383859 : Mejoramiento del servicio de monitoreo y vigilancia ambiental del componente aire y componente agua de la zona de influencia de los administrados en los distritos de Challhuahuacho, Coyllurqui y Tambobamba de la provincia de Cotabambas - departamento de Apurímac

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 972 220,00

PROYECTO 2383872 : Mejoramiento del servicio de monitoreo y vigilancia ambiental del componente aire y agua en la zona de influencia de los administrados en el distrito de Espinar, provincia de Espinar, departamento de Cusco

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 397 890,00

PROYECTO 2485299 : Adquisición de dispositivo de sistema de posicionamiento geográfico gps, vehículo aéreo no tripulado – drone, sistema y equipo; además de otros activos en el(la) dirección de evaluación ambiental en la localidad Jesús María, distrito de Jesús María, provincia Lima, departamento Lima

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 532 736,00

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TOTAL EGRESOS 14 263 123,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 14 263 123,00

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TOTAL EGRESOS 14 263 123,00

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Artículo 2.- Autorización de Transferencia de Partidas a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP)

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 4 650 867,00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar tres (03) inversiones en el marco de la reactivación económica a través de la ejecución de la inversión pública; conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Trigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 4 650 867,00

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TOTAL EGRESOS 4 650 867,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 055 : Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana

UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana

PROYECTO 2548437 : Reparación de Auditorio y Ambiente de Servicios Generales; en el(la) Centro de Investigación Jenaro Herrera, distrito de Jenaro Herrera, provincia Requena, departamento Loreto

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 702 378,00

PROYECTO 2549803 : Reparación de Laboratorio, Ambiente Administrativo y Ambiente Complementario; en el(la) Centro De Investigación Dale E. Bandy - IIAP sede Ucayali, distrito de Yarinacocha, provincia Coronel Portillo, departamento Ucayali

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 671 080,00

PROYECTO 2550489 : Reparación de Laboratorio y Auditorio; en el(la) Centro de Investigación Roger Beuzeville Zumaeta – El Castañal, distrito de Tambopata, provincia Tambopata, departamento Madre De Dios

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 277 409,00

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TOTAL EGRESOS 4 650 867,00

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Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional

3.1 El Titular del pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, así como el Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución antes señalada, se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra del Ambiente.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

ALBINA RUIZ RÍOS

Ministra del Ambiente

2187440-4