Autorizan viaje de personal militar a los EE.UU., en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00536-2023-DE
Lima, 12 de junio del 2023
VISTOS:
El Oficio Nº 096 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 01367-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00892-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 0429/MAAG/ARSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento al Comandante General del Ejército del Perú, que el citado Grupo Consultivo y de Ayuda Militar (GRUCAM), pone a disposición de la citada Institución Armada, el Programa de Cursos de Capacitación para el 2023, entre los que se encuentra considerado el Curso de Comando y Estado Mayor, dirigido al personal militar del Ejército del Perú del grado de Teniente Coronel a Mayor, llevarse a cabo en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 3 de julio de 2023 al 5 de junio de 2024;
Que, con Oficio Nº 0185/MAAG/ARSEC-ENT, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento al Comandante General del Ejército del Perú que, de acuerdo a lo informado por el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), la fecha de inicio del Curso de Comando y Estado Mayor ha sido modificada para iniciar el 21 de junio de 2023 al 5 de junio de 2024;
Que, con Hoja de Recomendación Nº 014/U-4. b.3/05.00, elaborada por el Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú y aprobada por la Comandancia General del Ejército del Perú, se designa al Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular) y al Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), para participar en el citado curso, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2023 al 5 de junio de 2024;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal designado para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor, por cuanto, le permitirá adquirir conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional; así como, aportar en la creación y mejora de la doctrina actual. Asimismo, permitirá contar con personal altamente capacitado con estándares internacionales de primer nivel, en provecho del Ejército del Perú;
Que, a través del Dictamen Legal Nº 1480-2023/OAJE, la Jefatura de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular) y del Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; asimismo, señala que, con el fin de garantizar la participación del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno con un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, conforme a lo indicado en el Oficio Nº 0429/MAAG/ARSEC-ENT, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, costo del curso, alojamiento, viáticos para alimentación, seguro médico y T.U.U.A., a excepción del transporte interno, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos; por lo que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con financiamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero para cubrir el gasto de transporte interno del personal autorizado;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos suscrita por el Jefe de Educación del Comando de Educación y Doctrina del Ejército del Perú, los gastos por concepto de compensación extraordinaria por servicio en el extranjero y gastos de traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora Nº 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los artículos 7 y 8 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; contando con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000348 y Nº 0000003135, emitidas por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército del Perú, que garantizan el financiamiento del presente viaje al exterior durante el Año Fiscal 2023; asimismo, teniendo en cuenta que la duración de la misión de estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, para completar el período de duración de la misión de estudios, a partir del 1 de enero al 5 de junio de 2024, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo;
Que, con Oficio Nº 096 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal designado para que participe en el Curso de Comando y Estado Mayor, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2023 al 5 de junio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 20 de junio de 2023 y su retorno el 6 de junio de 2024;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de
Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio N° 01367-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 304-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa;
Que, mediante el Informe Legal N° 00892-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular) y del Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente), para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Coronel EP Julio Adolfo POZO PALOMINO (titular), identificado con DNI N° 10680887 y CIP N° 120560900, o del Mayor EP Dennis BEGAZO CURIE (suplente) identificado con DNI N° 40444217 y CIP N° 122220100, para participar en el Curso de Comando y Estado Mayor, a realizarse en el Instituto del Hemisferio Occidental para la Cooperación en Seguridad (WHINSEC), ubicado en la ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 21 de junio de 2023 al 5 de junio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 20 de junio de 2023 y su retorno el 6 de junio de 2024.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Gastos de Traslado (Ida): equipaje, bagaje e instalación
US$ 6,416.28 x 1 x 1 persona US$ 6,416.28
Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero (20%):
US$ 1,283.26/30 x 10 días x 1 persona (21 – 30 Jun 2023) US$ 427.75
US$ 1,283.26 x 6 meses x 1 persona (1 Jul – 31 Dic 2023) US$ 7,699.56
Total a pagar US$ 14,543.59
Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular.
Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal.
Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presenta autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Ejército del Perú, del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 6.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 7.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 8.- El personal militar autorizado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure el viaje al exterior, en misión de estudios.
Artículo 9.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Jorge Luis Chávez Cresta
Ministro de Defensa
2187178-1