Autorizan viaje de servidor de la SUNAT para participar en evento a realizarse en Paraguay

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 000123-2023/SUNAT

AUTORIZA VIAJE DE SERVIDOR DE LA SUNAT

PARA PARTICIPAR EN LA 8ª REUNIÓN DE LA INICIATIVA PARA AMERICA LATINA - DECLARACIÓN DE PUNTA DEL ESTE, A REALIZARSE EN LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, PARAGUAY

Lima, 7 de junio de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante carta s/n de fecha 11 de mayo de 2023, la Secretaría del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para que asista a la 8ª reunión de la iniciativa para América Latina – Declaración de Punta del Este, que se realizará en la ciudad de Asunción, Paraguay, entre el 26 y 28 de junio de 2023;

Que, como resultado de la reunión plenaria del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales, celebrada el 19 de noviembre de 2018, en Punta del Este, Uruguay, los países miembros latinoamericanos, entre ellos, el Perú, decidieron crear un programa centrado en América Latina, denominado la Declaración de Punta del Este;

Que, esta iniciativa tiene como objetivo maximizar el uso efectivo de la información intercambiada en el marco de los estándares internacionales de transparencia fiscal para hacer frente a la evasión y elusión fiscal, la corrupción y otras formas de flujos financieros ilícitos;

Que, el referido evento contará con la participación de funcionarios de alto nivel, que se ocupan de la política tributaria y de las administraciones tributarias en América Latina, lo que determina una oportunidad para que los asistentes compartan experiencias sobre temas clave, efectúen un balance de los progresos realizados y los retos pendientes en la agenda para la transparencia tributaria en América Latina;

Que, siendo Perú un miembro clave de la iniciativa desde que se unió a la Declaración en el año 2019, la SUNAT ha sido invitada para participar como panelista durante la sesión “Promoviendo el compromiso con el intercambio automático de información sobre cuentas financieras y su uso efectivo”;

Que, la participación de la SUNAT en el mencionado evento se encuentra alineada al cumplimiento del Objetivo Estratégico: OEI.01: Mejorar el cumplimiento tributario y aduanero del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2018-2026;

Que, siendo de interés institucional para la SUNAT la participación de sus servidores en eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico adjunto al Memorándum Electrónico N° 00032-2023-700000 del 1 de junio de 2023, resulta necesario autorizar la asistencia del servidor Palmer Luis De La Cruz Pineda, Intendente Nacional (e) de Estrategias y Riesgos;

Que, la Vigésimo Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que, durante dicho año fiscal, las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal previstas en la citada Ley, no son aplicables para la implementación de lo establecido en la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT;

Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, se aprobaron las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a aplicarse en la SUNAT, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras, y las acciones de promoción de importancia para la República del Perú;

Que, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley N° 29816, establece que, mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos, serán asumidos por la SUNAT, con cargo a su presupuesto institucional;

Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT, en atención al itinerario y de acuerdo con las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje del mencionado servidor del 25 al 29 de junio de 2023;

De conformidad con lo dispuesto por la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, la Resolución de Superintendencia N° 282-2019/SUNAT y, en uso de la facultad conferida por el literal m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del servidor Palmer Luis De La Cruz Pineda, Intendente Nacional (e) de Estrategias y Riesgos, a la ciudad de Asunción, Paraguay, del 25 al 29 de junio de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo con el siguiente detalle:

Palmer Luis De La Cruz Pineda

Pasajes aéreos (incluye TUUA) US $ 1 403,20

Viáticos US $ 1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del servidor cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO

Superintendente Nacional

2185325-1