LEY Nº 31777

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS Y CRITERIOS TÉCNICOS PARA EL RETORNO DEL BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN DENOMINADO ESTELA DE RAIMONDI AL MUSEO NACIONAL DE CHAVÍN EN EL DEPARTAMENTO DE ÁNCASH, ASÍ COMO PARA SU PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto establecer medidas de promoción, difusión, criterios técnicos, responsabilidades y acciones para el traslado del bien integrante del patrimonio cultural de la Nación denominado Estela de Raimondi desde su ubicación actual en el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú en la ciudad de Lima hasta el Museo Nacional de Chavín, ubicado en el distrito de Chavín de Huántar de la provincia de Huari en el departamento de Áncash; así como las adecuadas medidas de protección durante su traslado, su debida instalación, protección y conservación en su nueva ubicación.

Artículo 2. Promoción

El Gobierno Regional de Áncash y los gobiernos locales correspondientes, según su programación presupuestal, priorización, competencias y funciones, realizan acciones de promoción y comunicación acerca de la importancia, en el ámbito cultural y turístico, del retorno de la Estela de Raimondi al Museo Nacional de Chavín.

Artículo 3. Competencias

El Ministerio de Cultura, en coordinación con el Gobierno Regional de Áncash y los gobiernos locales competentes, realiza las acciones necesarias para el traslado del bien integrante del patrimonio cultural de la Nación denominado Estela de Raimondi, garantizando su debida protección durante el traslado, instalación, protección y conservación en el Museo Nacional de Chavín, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

NANCY TOLENTINO GAMARRA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Encargada del despacho de la

Presidencia del Consejo de Ministros

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