LEY Nº 31777
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS Y CRITERIOS TÉCNICOS PARA EL RETORNO DEL BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN DENOMINADO ESTELA DE RAIMONDI AL MUSEO NACIONAL DE CHAVÍN EN EL DEPARTAMENTO DE ÁNCASH, ASÍ COMO PARA SU PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer medidas de promoción, difusión, criterios técnicos, responsabilidades y acciones para el traslado del bien integrante del patrimonio cultural de la Nación denominado Estela de Raimondi desde su ubicación actual en el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú en la ciudad de Lima hasta el Museo Nacional de Chavín, ubicado en el distrito de Chavín de Huántar de la provincia de Huari en el departamento de Áncash; así como las adecuadas medidas de protección durante su traslado, su debida instalación, protección y conservación en su nueva ubicación.
Artículo 2. Promoción
El Gobierno Regional de Áncash y los gobiernos locales correspondientes, según su programación presupuestal, priorización, competencias y funciones, realizan acciones de promoción y comunicación acerca de la importancia, en el ámbito cultural y turístico, del retorno de la Estela de Raimondi al Museo Nacional de Chavín.
Artículo 3. Competencias
El Ministerio de Cultura, en coordinación con el Gobierno Regional de Áncash y los gobiernos locales competentes, realiza las acciones necesarias para el traslado del bien integrante del patrimonio cultural de la Nación denominado Estela de Raimondi, garantizando su debida protección durante el traslado, instalación, protección y conservación en el Museo Nacional de Chavín, en cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veintitrés.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
NANCY TOLENTINO GAMARRA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Encargada del despacho de la
Presidencia del Consejo de Ministros
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