Designan funcionario responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
N° 186-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA-GR
Piura , 27 de enero de 2023
VISTO: La Resolución Ejecutiva Regional N° 033-2023/GOBIERNO REGIONAL PIURA- GR de fecha 04 de enero de 2023.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constituci6n Política de/ Perú, modificado por la Ley N° 27680, Ley N° 28607 y Ley N° 30305, “Los gobiemos regionales tienen autonomía política, econ6mica y administrativa en los asuntos de su competencia (. ..)”;
Que, el artículo 8° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. (. ..)” y en tal sentido el numeral 9.2 del artículo 9° de esta Ley señala que “La autonomía administrativa: es la facultad de organizarse internamente, (. ..).”;
Que, el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú señala que entre las derechas fundamentales de la persona se encuentra el derecho “5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de a cualquier entidad pública, en la plaza legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”;
Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, señala que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima Autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional del visto, se designó al Abog. JESÚS MARTÍN OCAMPOS MOGOLLÓN, en el cargo de Secretario General, Director de Sistema Administrativo II del Gobierno Regional Piura;
Que, en el marco de la autonomía administrativa y de gestión del Gobierno Regional Piura, y de conformidad con los considerandos precedentes, resulta pertinente designar al Abg. JESUS MARTIN OCAMPOS MOGOLLON, coma funcionario responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura;
Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y el derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento , realizan sus respectivos actos procedimientos guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (…), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-20019-JUS
Conforme a las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia General Regional y Secretaría General del Gobierno Regional Piura.
En uso de las atribuciones conferidas al Despacho de la Gobemación Regional, por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el inciso d) del Art. 21° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de /os Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 04 de enero del año en curso, al Abog. JESÚS MARTÍN OCAMPOS MOGOLLÓN, en su condición de Secretario General, como funcionario responsable de brindar la información de acceso público en la Sede Central del Gobierno Regional Piura.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR, la presente resolución al interesado, a la Gerencia General Regional, a la Oficina de Recursos Humanos y demás órganos competentes del Gobierno Regional Piura
Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Gobierno Regional Piura.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN
Gobernador Regional
2184731-1