Integran profesionales y/o especialistas a la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023
Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000335-2023-P-CSJLI-PJ
Lima, 6 de junio del 2023
VISTO:
Con el Oficio N° 000702-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ de la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, Resolución Administrativa N° 000283-2023-P- CSJLI-PJ; y
CONSIDERANDO:
Primero: Es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna de su distrito judicial de acuerdo a la política institucional en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cautelar la pronta administración de justicia dictando para ello las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia, así como ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos, entre otras obligaciones, ello con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los usuarios, tal como se encuentra previsto en el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Segundo: Por Resolución Administrativa N° 000283-2023-P-CSJLI-PJ del 22 de mayo de 2023, se dispuso la Revalidación de Inscripción de trecientos ochenta (380) Peritos Judiciales de las especialidades de Accidentología Vial, Administración, Arquitectura, Contabilidad, Dactiloscopia, Economía, Grafotécnia, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Civil, Ingeniería Eléctrica, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Mecánica Eléctrica, Ingeniería Minas, Ingeniería Química y Psicología, como integrantes de la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año 2023.
Tercero: Mediante Oficio N° 000702-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ del 02 de junio de 2023 la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación comunica que, por Informe N° 019-2023-CSJR-USJ-GAD-CSJLI-PJ, numerales 3.8 y 3.9, dicha Coordinación hizo de conocimiento la situación de 25 Peritos que habrían presentado su solicitud de revalidación en la fecha establecida al correo de la Secretaría General de la Corte, sin embargo, figuran como desactivados en el sistema de REPEJ supuestamente por falta de pago de inscripción; lo que motivó que se solicite a los citados Peritos que vuelvan a enviar la documentación sustentaría del pago realizado a fin de verificar la información, siendo que luego de recibir la documentación enviada por los Peritos, se verificó que los comprobantes de pago efectivamente fueron realizados en la fecha establecida según el cronograma publicado. Debido a lo cual, indica que procedería la incorporación de 07 Peritos a la Nómina de Revalidación de Peritos periodo 2022.
Cuarto: Al respecto, el artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-TP-CME-PJ del 25 de agosto de 1998, dispone que: “Anualmente el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente. Cada dos años, se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la finalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional”.
Quinto: Asimismo, de acuerdo al procedimiento N° 35 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ, para la Revalidación de Inscripción de Perito Judicial se requiere la presentación de una solicitud dirigida al Gerente de Administración Distrital y el pago original del derecho correspondiente.
Sexto: Por tanto, estando a lo comunicado por la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación respecto a que 07 Peritos sí cumplieron con realizar el trámite y pago de revalidación dentro del plazo fijado para dicho efecto, corresponde que los mismos sean incorporados a la Nómina de Peritos Judiciales de esta Corte para el año en curso, aprobada por Resolución Administrativa N° 000283-2023-P-CSJLI-PJ, en aras de que dichos profesionales y/o especialistas, al igual que los otros 380 peritos inscritos y de acuerdo a su especialidad, actúen como órgano de auxilio judicial para los órganos jurisdiccionales de la Corte, cumpliendo con la realización de las pericias correspondientes.
En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INTEGRAR a la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el año 2023, aprobada por Resolución Administrativa N° 000283- 2023-P-CSJLI-PJ, a los siguientes profesionales y/o especialistas:
N° |
Apellidos y Nombres |
Especialidad |
01 |
PISCOYA ARBAÑIL, César Edmundo |
Ingeniería Mecánica Eléctrica |
02 |
VARILLAS ALZAMORA, Juan Artidoro |
Accidentología |
03 |
TACURI HUIZA, Cesar Luis |
Contabilidad |
04 |
GONZALES GRADOS, Manuel Mariano |
Contabilidad |
05 |
SUAREZ GUIMAREY, Enrique Segundo |
Ingeniería de Sistemas |
06 |
GARAY CALLALLI, Edgar |
Contabilidad |
07 |
VERNAL ARDILES, María Elena |
Contabilidad |
Artículo Segundo.- DISPONER que la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, en coordinación con la Oficina de Informática, realice las acciones pertinentes para el ingreso de los Peritos Judiciales indicados al Sistema Informático del Registro de Peritos Judiciales – REPEJ, con la finalidad de que sean designados aleatoriamente para prestar el auxilio judicial requerido por los Jueces de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de esta Corte, la difusión respectiva de la presente Resolución Administrativa a través de la página web, correo institucional y redes sociales oficiales.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR al personal de Presidencia realizar las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, Secretaría General y Oficina de Imagen y Comunicaciones para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RICARDO GUILLERMO VINATEA MEDINA
Presidente de la CSJLima (E)
2184677-1