Dan por terminadas funciones del Grupo de Expertos de acompañamiento a las políticas e intervenciones de control frente al dengue, conformado por Resolución Ministerial N° 456-2023/MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 545-2023/MINSA

Lima, 5 de junio del 2023

Visto, el Expediente N° DGIESP20230000213, que contiene la Nota Informativa N° D001919-2023-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y, el Informe N° D000608-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, los numerales 1 y 3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establecen que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas, así como en epidemias y emergencias sanitarias; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, el literal b) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, refiere que es función rectora del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, por Decreto Supremo N° 002-2023-SA, se declara en emergencia sanitaria por brote de dengue, por el plazo de 90 días calendario, 59 distritos de los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Ica, Junín, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Piura, San Martín y Ucayali. Posteriormente, con el Decreto Supremo N° 009-2023-SA, se modifica el Decreto Supremo N° 002-2023-SA, ampliando el ámbito de la emergencia sanitaria por brote de dengue a 222 distritos de 19 departamentos y de la Provincia Constitucional del Callao, y se prorroga dicha emergencia sanitaria, a partir del 25 de mayo de 2023, por un plazo de 120 días calendario;

Que, con Resolución Ministerial N° 456-2023/MINSA, se conformó el Grupo de Expertos de acompañamiento a las políticas e intervenciones de control frente al dengue, encargado de brindar asesoramiento especializado al Ministerio de Salud y a los gobiernos regionales que correspondan en temas relacionados, entre otros, a vigilancia epidemiológica, control vectorial, diagnóstico y manejo clínico de dengue y otras arbovirosis;

Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone y sustenta dar por terminadas las funciones del Grupo de Expertos de acompañamiento a las políticas e intervenciones de control frente al dengue;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado mediante los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Grupo de Expertos de acompañamiento a las políticas e intervenciones de control frente al dengue, conformado por Resolución Ministerial N° 456-2023/MINSA, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- El Grupo de Expertos mencionado en el artículo 1, en el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, presenta al Despacho Ministerial el informe final con las acciones desarrolladas en el marco del cumplimiento de sus funciones.

Artículo 3.- Disponer que las actas y demás acervo documentario generado por el Grupo de Expertos mencionado en el artículo 1 durante el ejercicio de sus funciones sean remitidas por la Secretaría Técnica del Grupo a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO

Ministra de Salud

2184379-1