ley nº 31759
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL DE GERIATRÍA EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
Artículo 1. Declaración de necesidad pública e interés nacional
Se declara de necesidad pública e interés nacional la creación y construcción del hospital de geriatría en la Provincia Constitucional del Callao.
Artículo 2. Objetivos del hospital de geriatría
Los objetivos del hospital de geriatría de la Provincia Constitucional del Callao, en el tratamiento de sus pacientes adultos mayores, son los siguientes:
a) La valoración geriátrica integral.
b) El tratamiento y rehabilitación activa.
c) Los cuidados médicos y de enfermería de calidad.
Artículo 3. Acciones a cargo de las instituciones competentes
El Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Salud y las demás instituciones públicas competentes, en el marco de sus competencias y funciones, realizan las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los doce días del mes de mayo de dos mil veintitrés.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
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