Modifican los Peajes Acumulados por Nivel de Tensión consignados en el Cuadro 6.1 del Anexo 6 de la Resolución Nº 070-2021-OS/CD y sus modificatorias, contenidos en el Artículo 1 de la Resolución Nº 057-2023-OS/CD, y modifican los valores contenidos en el Cuadro 1 del Artículo 4 de la Resolución Nº 057-2023-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN Nº 114-2023-OS/CD

Lima, 2 de junio de 2023

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución Nº 057-2023-OS/CD (“Resolución 057”), mediante la cual se fijó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión (“SST”) y/o Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”), asignados a la demanda, se han expedido, entre otras, las Resoluciones Nº 089-2023-OS/CD, Nº 090-20223-OS/CD, Nº 092-2023-OS/CD, Nº 093-2023-OS/CD, Nº 108-2023-OS/CD, y Nº 110-2023-OS/CD que resuelven los recursos de las empresas Electrodunas S.A., Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., Red de Energía del Perú S.A., Enel Distribución Perú S.A.A., Transmisora Eléctrica del Sur 3 S.A.C., y Luz del Sur S.A.A. respectivamente, contra la Resolución 057;

Que, por otra parte, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución Nº 058-2023-OS/CD, mediante la cual se fijaron los peajes y compensaciones del SST de las empresas Red Eléctrica del Sur S.A. e Interconexión Eléctrica ISA Perú S.A., se han expedido las Resoluciones Nº 094-20223-OS/CD Nº 111-2023-OS/CD que resuelven los recursos de reconsideración de las referidas empresas contra la Resolución Nº 058-2023-OS/CD;

Que, en la parte resolutiva de las decisiones antes señaladas, se ha dispuesto que las modificaciones en la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión de los SST y SCT y en el Cargo Unitario de liquidación vigente para el periodo mayo 2023 – abril 2024, que motiven los extremos declarados fundados y fundados en parte, deberán aprobarse mediante resolución complementaria;

Que, como consecuencia de la revisión integral de los recursos de reconsideración presentados y de revisiones posteriores efectuadas por Osinergmin, sobre los temas incluidos en dicha resolución, se ha determinado la necesidad de corregir de oficio rubros a ser subsanados por Osinergmin;

Que, se ha emitido el Informe Nº 416-2023-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin para la emisión de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias y complementarias;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 15-2023 de fecha 30 de mayo del 2023.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los Peajes Acumulados por Nivel de Tensión consignados en el Cuadro 6.1 del Anexo 6 de la Resolución Nº 070-2021-OS/CD y sus modificatorias, contenidos en el Artículo 1 de la Resolución Nº 057-2023-OS/CD, por los valores siguientes:

“Cuadro 6.1: Peajes Acumulados por nivel de

tensión (Ctm. S//kWh)

Área de Demanda

Titular

Acumulado en MAT

Acumulado en AT

Acumulado en MT

Ctm. S/./kWh

Ctm. S/./kWh

Ctm. S/./kWh

1

ADINELSA

0,0000

0,0369

0,0774

ELECTRONOROESTE

0,0000

0,3807

1,0228

ELECTROPERÚ

0,0000

0,0057

0,0103

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0305

0,4189

0,4234

TOTAL ÁREA

0,0305

0,8422

1,5339

2

ADINELSA

0,0000

0,0337

0,0914

COELVISAC

0,0000

0,0761

0,0801

ELECTRO ORIENTE

0,0573

0,1239

0,1872

ELECTRONORTE

0,0810

0,5587

1,1838

PEOT

0,0000

0,1524

0,2333

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0000

0,3060

0,3149

TOTAL ÁREA

0,1383

1,2508

2,0907

3

CHAVIMOCHIC

0,0000

0,0034

0,0066

CONELSUR

0,0000

0,0067

0,0067

CTAN

0,0129

0,0129

0,0129

ELECTRONORTE

0,0000

0,0000

0,0046

HIDRANDINA

0,1244

0,7079

1,2510

ISA PERÚ

0,0075

0,0307

0,0399

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0033

0,2199

0,2220

TOTAL ÁREA

0,1481

0,9815

1,5437

4

ELECTRO ORIENTE

1,1978

1,8289

2,3775

TOTAL ÁREA

1,1978

1,8289

2,3775

5

ADINELSA

0,0084

0,0491

0,0822

UNACEM

0,0044

0,0111

0,0111

TRANSMISORA SUR ANDINO

0,0000

0,0131

0,0131

CONELSUR

0,0000

0,0095

0,0344

STATKRAFT

0,0222

0,7601

0,9930

ELECTROCENTRO

0,0015

0,9535

1,6871

ELECTROPERÚ

0,0060

0,0060

0,0060

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0228

0,2415

0,2900

TRANSMANTARO

0,7024

0,7024

0,7024

SHAQSHA

0,0000

0,0917

0,1173

TOTAL ÁREA

0,7677

2,8380

3,9366

6

ADINELSA

0,0000

0,0007

0,0012

CONELSUR

0,0144

0,0261

0,0273

STATKRAFT

0,0041

0,0041

0,0108

ENEL DISTRIBUCIÓN

0,3614

2,1020

2,9176

HIDRANDINA

0,0000

0,0024

0,0030

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0003

0,0634

0,0634

REP_AdicRAG

0,0005

0,0005

0,0005

TOTAL ÁREA

0,3807

2,1992

3,0238

7

LUZ DEL SUR

1,1536

3,3463

4,0371

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0173

0,0283

0,0283

TRANSMANTARO

0,2226

0,2226

0,2226

TOTAL ÁREA

1,3935

3,5972

4,2880

8

ADINELSA

0,0000

0,0017

0,0091

COELVISAC

0,0000

0,1201

0,2548

ELECTRO DUNAS

0,0000

0,4542

1,0860

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0315

0,5772

0,5772

REP_AdicRAG

0,1891

0,3104

0,3104

SEAL

0,0000

0,0151

0,0337

TRANSMANTARO

0,1195

0,1195

0,1195

TOTAL ÁREA

0,3401

1,5982

2,3907

9

CONELSUR

0,0175

0,0300

0,0300

EGASA

0,0135

0,0645

0,0645

ELECTROSUR

0,0000

0,0056

0,0129

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0028

0,0184

0,0184

SEAL

0,1256

0,9192

1,7852

TOTAL ÁREA

0,1594

1,0377

1,9110

10

EGEMSA

0,0000

0,0779

0,3067

ELECTRO SUR ESTE

0,2275

1,1514

1,9982

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0424

0,4271

0,4796

TOTAL ÁREA

0,2699

1,6564

2,7845

11

ELECTRO PUNO

0,0000

0,8783

1,2293

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0496

0,7020

1,1605

TOTAL ÁREA

0,0496

1,5803

2,3898

12

ELECTROSUR

0,0000

0,5384

1,8237

ENGIE

0,3538

0,3538

0,3538

TOTAL ÁREA

0,3538

0,8922

2,1775

13

EGESUR

0,0000

0,0072

0,0072

ELECTROSUR

0,0000

1,0258

1,9387

TOTAL ÁREA

0,0000

1,0330

1,9459

14

ELECTRO UCAYALI

0,0000

0,6048

1,1602

TOTAL ÁREA

0,0000

0,6048

1,1602

15

ISA PERÚ

0,0320

0,0320

0,0320

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0938

0,0973

0,0973

TESUR3

0,0306

0,0306

0,0306

REDESUR

0,0063

0,0126

0,0126

TOTAL ÁREA

0,1627

0,1725

0,1725

Artículo 2.- Modificar los valores contenidos en el Cuadro 1, del Artículo 4 de la Resolución Nº 057-2023-OS/CD, por los valores siguientes:

“Cuadro 1.- Cargo Unitario de Liquidación

Área de Demanda

Titular

Acumulado en MAT

Acumulado en AT

Acumulado en MT

Ctm. S/./kWh

Ctm. S/./kWh

Ctm. S/./kWh

1

ADINELSA

0,0000

0,0099

0,0207

ELECTRONOROESTE

0,0000

0,0522

0,1358

ELECTROPERÚ

0,0000

0,0016

0,0029

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0011

0,0130

0,0131

TOTAL ÁREA

0,0011

0,0767

0,1725

2

ADINELSA

0,0000

0,0057

0,0154

COELVISAC

0,0000

-0,0026

-0,0027

ELECTRO ORIENTE

0,0082

0,0191

0,0294

ELECTRONORTE

-0,0039

-0,0274

-0,0592

PEOT

0,0000

0,0301

0,0465

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0000

-0,0121

-0,0125

TOTAL ÁREA

0,0043

0,0128

0,0169

3

CHAVIMOCHIC

0,0000

0,0005

0,0010

CONELSUR

0,0000

-0,0007

-0,0007

CTAN

0,0000

0,0000

0,0000

ELECTRONORTE

0,0000

0,0000

-0,0002

ISA PERÚ

0,0008

0,0034

0,0044

HIDRANDINA

0,0028

0,0160

0,0280

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

-0,0004

-0,0202

-0,0204

TOTAL ÁREA

0,0032

-0,0010

0,0121

4

ELECTRO ORIENTE

0,0628

0,0940

0,1221

TOTAL ÁREA

0,0628

0,0940

0,1221

5

ADINELSA

0,0024

0,0140

0,0234

CONELSUR

0,0000

0,0038

0,0129

ELECTROCENTRO

0,0003

0,1538

0,2744

ELECTROPERÚ

0,0006

0,0006

0,0006

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0014

0,0145

0,0174

STATKRAFT

0,0078

0,2630

0,3436

TRANSMANTARO

0,0000

0,0000

0,0000

UNACEM

0,0009

0,0023

0,0023

SHAQSHA

0,0000

0,0189

0,0241

TRANSMISORA SUR ANDINO

0,0000

0,0031

0,0031

TOTAL ÁREA

0,0134

0,4740

0,7018

6

ADINELSA

0,0000

0,0002

0,0003

CONELSUR

0,0001

0,0001

0,0001

HIDRANDINA

0,0000

0,0006

0,0008

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0000

-0,0016

-0,0016

REP_AdicRAG

0,0004

0,0053

0,0053

STATKRAFT

0,0006

0,0006

0,0016

ENEL DISTRIBUCIÓN

0,0073

0,0431

0,0603

TOTAL ÁREA

0,0084

0,0483

0,0668

7

LUZ DEL SUR

0,0412

0,1225

0,1491

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

-0,0008

-0,0013

-0,0013

TRANSMANTARO

0,0000

0,0000

0,0000

TOTAL ÁREA

0,0404

0,1212

0,1478

8

ADINELSA

0,0000

-0,0002

-0,0010

COELVISAC

0,0000

-0,0082

-0,0176

ELECTRO DUNAS

0,0000

0,0478

0,1112

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

-0,0032

-0,0584

-0,0584

REP_AdicRAG

-0,0046

-0,0076

-0,0076

SEAL

0,0000

-0,0002

-0,0005

TRANSMANTARO

0,0000

0,0000

0,0000

TOTAL ÁREA

-0,0078

-0,0268

0,0261

9

CONELSUR

0,0015

0,0025

0,0025

EGASA

0,0020

0,0094

0,0094

ELECTROSUR

0,0000

0,0034

0,0072

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

0,0005

0,0032

0,0032

SEAL

0,0063

0,0469

0,0915

TOTAL ÁREA

0,0103

0,0654

0,1138

10

EGEMSA

0,0000

0,0124

0,0462

ELECTRO SUR ESTE

-0,0124

-0,0633

-0,1091

RED DE ENERGÍA DEL PERÚ

-0,0016

-0,0155

-0,0176

TOTAL ÁREA

-0,0140

-0,0664

-0,0805

Artículo 3.- Incorporar el Informe Nº 416-2023-GRT como parte integrante de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y consignarla junto con el informe a que se refiere el artículo 3, en el Portal Institucional de Osinergmin:

https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx.

OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ

Presidente del Consejo Directivo

2183854-1