Formalizan aprobación de la Directiva
N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N° 012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnóstica del cáncer y su tratamiento
RESOLUCIÓN N° D000132-2023-OSCE-PRE
Jesús María, 31 de mayo del 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el artículo 54 de la citada Ley prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo;
Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnóstica del cáncer y su tratamiento, autoriza excepcionalmente a la Unidad Ejecutora 001. Administración Central del Ministerio de Salud a realizar las contrataciones a las que hace referencia el literal b) del numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, detalladas en el Anexo “Listado de equipos biomédicos priorizados para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para mejorar la capacidad diagnostica de cáncer y su tratamiento a nivel nacional”, mediante el procedimiento de selección de adjudicación simplificada, regulado en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) aprueba las bases estándar a utilizar en el marco de la adjudicación simplificada contemplada en el numeral precedente, estableciendo disposiciones específicas acorde con los montos de contratación involucrados, en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia;
Que, mediante Informe N° D000041-2023-OSCE-DTN, la Dirección Técnico Normativa presenta la propuesta de la “Directiva N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del decreto de urgencia N°012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnostica del cáncer y su tratamiento”, que tiene por finalidad orientar a la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Ministerio de Salud sobre el contenido de las Bases Estándar de los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada que convoquen en el marco del mencionado Decreto de Urgencia;
Que, mediante el Informe N° D000273-2023-OSCE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta normativa formulada por la Dirección Técnico Normativa se encuentra dentro del marco legal vigente, por lo que resulta viable su aprobación;
Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo N° 001-006-2023-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 006-2023/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la “Directiva N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N°012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnostica del cáncer y su tratamiento”;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;
Con las visaciones de la Secretaria General, de la Directora de la Dirección Técnico Normativa, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva N° 002-2023-OSCE/CD, Bases estándar de adjudicación simplificada a convocar en el marco del Decreto de Urgencia N°012-2023, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la compra centralizada de equipamiento biomédico para el fortalecimiento del primer nivel de atención, así como para la capacidad diagnostica del cáncer y su tratamiento; la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LAURA LISSET GUTIÉRREZ GONZÁLES
Presidenta Ejecutiva
Presidencia Ejecutiva
2183026-1