Formalizan acuerdos del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva que establece los procedimientos para encargar la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, y para la entrega y recepción de cargo dentro de las Procuradurías Públicas” y se deroga el apartado XI y el numeral 6.3 del apartado VI de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”

RESOLUCIóN N° D000344-2023-JUS/PGE-PG

San Isidro, 29 de mayo del 2023

VISTOS:

El Memorando N° D000050-2023-JUS/PGE-SGCD de la Secretaría General del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado; el Acta N° 18-2023 de la Septuagésima Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado; los Informes N° D000033-2022-JUS/PGE-DTN y N° D000037-2023-JUS/PGE-DTN de la Dirección Técnico Normativa; el Informe N° 088-2022-JUS/PGE-OCF de la Oficina de Control Funcional; el Informe N° 059-2022-JUS/PGE-DIR y el Memorando N° D000206-2023-JUS/PGE-DIR de la Dirección de Información y Registro; el Informe N° D000043-2022-JUS/PGE-DAJP y el Memorando N° D000308-2023-JUS/PGE-DAJP de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal; los Informes N° D000111-2022-JUS/PGE-OPPM y N° D000150-2023-JUS/PGE-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; así como los Informes N° D000067-2023-JUS/PGE-OAJ y N° D000390-2023-JUS/PGE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;

Que, los artículos 4 y 10 del Decreto Legislativo N° 1326 establecen al Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado como el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales el Procurador General del Estado, los procuradores públicos y demás funcionarios o servidores ejercen la defensa jurídica del Estado, siendo la Procuraduría General del Estado la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los procuradores públicos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú;

Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1326, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado, teniendo dentro de sus funciones, según el numeral 1 del artículo 16 del referido Decreto Legislativo, aprobar las normas, los lineamientos y las disposiciones generales del Sistema y supervisar su cumplimiento;

Que, los numerales 4 y 8 del artículo 19 del aludido Decreto Legislativo establecen que el Procurador General del Estado tiene entre sus funciones, emitir las resoluciones que contengan las normas, los lineamientos y las disposiciones generales del Sistema, aprobadas por el Consejo Directivo; así como, encargar la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, cuando así se requiera, a otro procurador público del mismo nivel;

Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del Estado;

Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326 prevé, entre otros aspectos, que el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado aprueba normas, directivas, lineamientos o protocolos mediante acuerdos normativos, agregando en el numeral 9.4 del artículo 9 que los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo, en caso se disponga, son formalizados por resolución del Procurador General del Estado y publicados en el portal institucional;

Que, mediante Resolución del Procurador General del Estado N° D000062-2022-JUS/PGE-PG se formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2022-PGE/PG, denominada “Directiva que establece el procedimiento para la formulación, aprobación y evaluación de documentos normativos de la Procuraduría General del Estado”, la cual tiene como finalidad estandarizar el procedimiento, estructura y contenido de los documentos normativos de la Procuraduría General del Estado;

Que, mediante Informes N° D000033-2022-JUS/PGE-DTN y N° D000037-2023-JUS/PGE-DTN, la Dirección Técnico Normativa, en su calidad de órgano proponente, sustenta la necesidad de aprobar un documento normativo con la finalidad de coadyuvar a las procuradurías públicas nacionales, regionales, municipales y especializadas en la defensa jurídica de los intereses del Estado, en sede nacional o extranjera; para dicho efecto, ha formulado el proyecto de “Directiva que establece los procedimientos para encargar la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, y para la entrega y recepción de cargo dentro de las Procuradurías Públicas”, agregando que debe derogarse el apartado XI “Encargo de funciones” de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° 36-2021-PGE/PG, quedando subsistentes los demás extremos de los citados Lineamientos;

Que, mediante Informe N° 088-2022-JUS/PGE-OCF de la Oficina de Control Funcional, Informe N° 059-2022-JUS/PGE-DIR y Memorando N° D000206-2023-JUS/PGE-DIR de la Dirección de Información y Registro, Informe N° D000043-2022-JUS/PGE-DAJP y Memorando N° D000308-2023-JUS/PGE-DAJP de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, las referidas unidades de organización han remitido sus opiniones y comentarios al proyecto de documento normativo propuesto por la Dirección Técnico Normativa, brindando finalmente su conformidad al texto final del mismo;

Que, mediante Informes N° D000111-2022-JUS/PGE-OPPM y N° D000150-2023-JUS/PGE-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que el proyecto de directiva propuesto por la Dirección Técnico Normativa recoge los aportes y sugerencias de la Oficina de Control Funcional, Dirección de Información y Registro, así como de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal; responde a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1326 y su Reglamento, y se encuentra alineado a la Directiva N° 002-2022-PGE/PG, denominada “Directiva que establece el procedimiento para la formulación, aprobación y evaluación de documentos normativos de la Procuraduría General del Estado”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° D000062-2022-JUS/PGE-PG; en virtud a lo cual emite opinión técnica favorable sobre el referido proyecto de documento normativo;

Que, mediante Informes N° D000067-2023-JUS/PGE-OAJ y N° D000390-2023-JUS/PGE-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable que, una vez aprobado el citado documento normativo por el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, se emita el acto resolutivo correspondiente que formalice dicha aprobación, conforme a lo propuesto por la Dirección Técnico Normativa;

Que, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su Septuagésima Tercera Sesión Extraordinaria, acordó – en concordancia con los informes de vistos – aprobar el documento normativo propuesto por la Dirección Técnico Normativa, así como derogar el apartado XI y el numeral 6.3 del apartado VI de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° 36-2021-PGE/PG, quedando subsistentes los demás extremos de los citados Lineamientos; disponiéndose además la emisión del acto resolutivo correspondiente que formalice tales acuerdos, así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado;

Con los vistos de la Secretaría General del Consejo Directivo, de la Dirección Técnico Normativa, de la Oficina de Control Funcional, de la Dirección de Información y Registro, de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, por su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS y por la Directiva N° 002-2022-PGE/PG, denominada “Directiva que establece el procedimiento para la formulación, aprobación y evaluación de documentos normativos de la Procuraduría General del Estado”, aprobada por Resolución del Procurador General del Estado N° D000062-2022-JUS/PGE-PG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Directiva

Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva que establece los procedimientos para encargar la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, y para la entrega y recepción de cargo dentro de las Procuradurías Públicas”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Derogación parcial de Lineamientos

Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se deroga el apartado XI y el numeral 6.3 del apartado VI de los “Lineamientos sobre la intervención y determinación de las competencias de los/las procuradores/as públicos/as”, cuya aprobación fue formalizada por la Resolución del Procurador General del Estado N° 36-2021-PGE/PG, quedando subsistentes los demás extremos de los citados Lineamientos.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su anexo en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SORIA LUJAN

Procurador General del Estado

2182357-1