Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 00468-2023-DE
Lima, 27 de mayo del 2023
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 001808-2023-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; y, el Informe Legal Nº 00808-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la aeronave de alta performance Lear Jet 45XR, asignada al Grupo Aéreo Nº 8, la cual realiza vuelos en operación militar, en apoyo al desarrollo socioeconómico y vuelos en apoyo al Sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento de las más altas autoridades del Gobierno, todas en forma permanente, tanto en el ámbito interno como en el ámbito externo;
Que, mediante Oficio Múltiple Nº 00055-2023-MINDEF/JG, el Jefe de Gabinete del Ministerio de Defensa traslada a la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú el Oficio Nº D000051-2023-PCM-SA, mediante el cual la Secretaria Administrativa de la Presidencia del Consejo de Ministros solicita el apoyo aéreo para el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 30 de mayo de 2023;
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 004-2023, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de Apoyo al Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP que conformará la tripulación de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023;
Que, mediante Mensaje Común Nº 001721-2023-COMOP/FAP, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú solicita a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP, que conformará la tripulación de la aeronave Learjet 45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Comandante del Escuadrón Aéreo Nº 841 de la Fuerza Aérea del Perú, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la Tripulación de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, por cuanto, permitirá realizar las acciones necesarias para apoyar las actividades del Presidente del Consejo de Ministros y Comitiva Oficial a la ciudad de Brasilia (República Federativa de Brasil) con la referida aeronave, que le permite al Grupo Aéreo Nº 8 contar con la capacidad de movilidad aérea eficaz, pudiendo transportar personal y material estratégico, precisando que el Grupo Aéreo Nº 8 se encuentra en la capacidad de realizar de manera eficiente este tipo de operaciones aéreas, al contar con el personal de tripulantes aéreos debidamente calificados y con la experiencia suficiente;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0048 DGVC-ME/SIAF-RP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior, que se efectuará con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2023, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, asimismo, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000002, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 001808-2023-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023;
Que, mediante el Informe Legal Nº 00808-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que se detalla a continuación, que conformará la tripulación de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, encargada de realizar el traslado (ida y vuelta) del Presidente del Consejo de Ministros, de la Ministra de Relaciones Exteriores y otros funcionarios a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023.
Tripulación Principal:
Comandante FAP LUIS ANTONIO DE JESÚS TOLMOS
VALDIVIA
NSA: O-9666097 DNI: 43318834
Comandante FAP JIMMY OSWALDO RÍOS TÁVARA
NSA: O-9664497 DNI: 10863814
Suboficial de Primera FAP FERNANDO NAYRA YAJAHUANCA
NSA: S-61023009 DNI: 46630982
Empleada Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES
NSA: C-71618918 DNI: 48056578
Tripulación alterna
Comandante FAP MARCO ANTONIO LAZO BENAVIDES
NSA: O-9689899 DNI: 43325331
Suboficial de Tercera FAP JIMMY JEANMARCO BALDERA SANDOVAL
NSA: S-61218518 DNI: 75047653
Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO MESONES
NSA: C-71619218 DNI: 47169366
Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos:
US $ 370.00 x 4 día x 4 personas = US$ 5,920.00
Total a Pagar = US$ 5,920.00
Artículo 4.-El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal autorizado efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Jorge Luis Chávez Cresta
Ministro de Defensa
2181920-1