Aprueban el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac

ORDENANZA N° 612-2023-MDR

Rímac, 10 de mayo del 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍMAC

VISTO: En Sesión Ordinaria, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac, con Dictamen en Conjunto N°01-2023-CAL/CPPyCT-MDR, el Informe N°008-2023-GFA-MDR, con Memorándum Nº329-2023-GPP-MDR y el Informe Legal Nº089-2023-GAJ-MDR, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 30305, establece que las Municipalidades provinciales y distritales, son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Siendo atribución del Concejo Municipal, de conformidad con el inciso 8), del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, “Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”;

Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes, que señala que las ordenanzas: “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Que, el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, regula la capacidad sancionadora de los gobiernos locales, señalando que “Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”; añadiendo la acotada norma que “Las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias”;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicada con fecha 25 de enero del 2019, en el Diario Oficial “El Peruano”, se emite el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual establece las normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado y, regula todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades, incluyendo los procedimientos especiales;

Que, mediante Ordenanza N° 432-MDR, publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, con fecha 14 de mayo del 2016, se prueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones, Sanciones y Medidas Correctivas de la Municipalidad de Rímac;

Que, mediante Ordenanza N° 472-MDR publicada el 14 mayo 2016, se aprueba la sustitución del Anexo I del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad del Rímac y que forma parte integrante de la Ordenanza N° 432-MR, la misma que ha sido modificado por diversas ordenanzas aprobando e incorporando códigos de infracción;

Que, mediante Informe N°008-2023-GFA-MDR, emitida por la Gerencia de Fiscalización Administrativa, propone la emisión de una ordenanza que derogue la Ordenanza N° 432-MR y la Ordenanza N° 472-MDR, así como demás normas modificatorias, a fin de actualizar y adecuar la Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Rímac, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativos General, Ley N° 27444, con la finalidad de no vulnerar el principio de legalidad y del debido procedimiento, se debe establecer una ordenanza municipal que regula el procedimiento sancionador de multas administrativas no tributarias, la priorización de la motivación del acto administrativo dentro del procedimiento sancionador, por lo que, se tiene que actualizar el Cuadro Único de Sanciones Administrativas (CUIS), toda vez que, al existir infracciones cometidas por los administrados y no estar regulados, genera impunidad de dichos actos;

Que, con Memorándum Nº329-2023-GPP-MDR, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, es de opinión favorable, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac; acorde al TUO de la ley N°27444 modificado por el decreto legislativo N°1272; y decreto supremo N°004-2020-MTC;

Que, mediante Informe N°089-2023-GAJ/MDR, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac, teniendo en cuenta los informes técnicos de aprobación de las diversas gerencias y subgerencias de la entidad;

Que, con Dictamen en Conjunto N°01-2023-CAL/CPPyCT-MDR, emite dictamen favorable con relación al proyecto de ordenanza que aprueba el régimen de aplicación de sanciones administrativas (RAS) y el cuadro de infracciones y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital del Rímac, así mismo elevar el presente dictamen al Honorable Concejo Municipal del Distrito del Rímac, para su aprobación correspondiente;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los artículos 9° Inciso 8) y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍMAC

Artículo Primero.- APROBAR El Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Rímac, el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza N° 432-MDR, Ordenanza N° 472-MDR y disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del texto aprobatorio de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente ordenanza y sus anexos en Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

NÉSTOR E. DE LA ROSA VILLEGAS

Alcalde

2181837-1